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23/Ene/12 03:30
Ingreso en efectivo sin factura

Hola buenos días. Actualmente tengo un problema que me gustaría me dieran su opinión. Un cliente me compró una cierta cantidad de artículos promocionales por un valor aprox. de $1.5 MDP. (incluyendo IVA) El problema es que el pago me lo realizó en efectivo y no cuenta con datos para realizarle la facturación correspondiente. Mi empresa es un negocio legitimo en el cual siempre se han enterado todas las contribuciones correspondientes, a lo cual esta operación no me gustaría fuera la excepción.

Mi pregunta es, ¿que puedo hacer para cubrir la operación y poder realizar el depósito en efectivo correspondiente y así poder enterar el IVA e ISR de la venta? Se que el depósito generará IDE, pero no importa ya que mes a mes genero ISR de la operación regular.

Había pensado la figura de factura de ventas al publico en general, pero para ser honestos, este tipo de operaciones no son comunes en mi empresa.

Espero me puedan ayudar, saludos.
 
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gledesma19
Soldado

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23/Ene/12 09:22
Re: Ingreso en efectivo sin factura

Hola.
Lo mas logico y correcto es que elabores tu factura a nombre de quien te compro, con la salvedad que no indicaras el RFC y tampoco desglosaras el IVA, tu tienes la obligacion de acumular ese ingreso. Me imagino que sabes quien es la persona que te compro. Alguien que te compra 1.5 mdp, no es un incognito, debes saber al menos su nombre.
Saludos
 
Que tengas un excelente dia!!!!
 
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HALCON_MILENARIO
Sargento Segundo

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23/Ene/12 09:51
Re: Ingreso en efectivo sin factura

Aunque sea un simpatizante de algun partido politico.

Y no quiere aparecer como donador.


En estos momentos ya empiezan......... y en custiones de poltica..........
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
General de Brigada

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23/Ene/12 10:27
Re: Ingreso en efectivo sin factura

¡¡ Bienvenido gledesma !!!:

Debes también tomar en consideración lo siguiente:

LISR


CAPÍTULO VIII
DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS MORALES

Artículo 86. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:


XIX. Informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos. Las referidas reglas de carácter general podrán establecer supuestos en los que no sea necesario presentar la información a que se refiere esta fracción.

La información a que se refiere esta fracción estará a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en los términos del segundo párrafo del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación.



Saludos





Editado: Enero 23, 2012 10:28:28
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
General de Brigada

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23/Ene/12 13:23
Re: Ingreso en efectivo sin factura

Gledesma19:

'...Había pensado la figura de factura de ventas al publico en general, pero para ser honestos, este tipo de operaciones no son comunes en mi empresa...'



'...El problema es que el pago me lo realizó en efectivo y no cuenta con datos para realizarle la facturación correspondiente...


Hola, Gledesma19: Bienvenid@!!!

Además de considerar lo aportado por Chavalón (salu2), tome también en cuenta que por las ventas al público en general no existe un límite/tope en monto como para considerarlas como tal... En el caso suyo, tal como lo comenta, no le realizó factura 'tradicional' porque su cliente no cuenta con los requisitos...Por tanto, en mi opinión, sí es una venta al público en general, misma que también debe expedirse un comprobante, pero, simplificado...

Por tanto, el Art. 29-C del CFF regula los comprobantes para este tipo de ventas...Sin embargo, como también comenta que este tipo de operaciones no son comunes en su empresa, le sugiero también esta 'opción':

CFF:
Artículo 29-A.

Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:
(I)....
(...)
IV. La clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de quien se expida. Cuando no se cuente con la clave del registro federal de contribuyentes a que se refiere esta fracción, se señalará la clave genérica que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, los comprobantes fiscales que se expidan en estos términos serán considerados como comprobantes fiscales simplificados por lo que las operaciones que amparen se entenderán realizadas con el público en general y no podrán acreditarse o deducirse las cantidades que en ellos se registren...'


Por último, no dice qué tipo de comprobantes usted expide. Sin embargo, esta 'opción', también le es aplicable a los comprobantes con CBB, de acuerdo con el Art. 29-B F-I a) del CFF.

Salu2!!!
 
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memoli
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23/Ene/12 15:33
Re: Ingreso en efectivo sin factura

Hola Gledesma, buenas tardes:

Respecto al comentario de mi estimadísima Memoli (saludos amigocha), sí que debes considerar lo que te está señalando.

Me voy a permitir complementar el comentario de mi estimado Chavalón (saludos):


CFF

''Artículo 81. Son infracciones relacionadas con la obligación de pago de las contribuciones, así como de presentación de declaraciones, solicitudes, documentación, avisos, información o expedir constancias:
...

XXXI. No proporcionar la información a que se refieren los artículos 86, fracción XIX, 97, fracción VI, 133 fracción VII, 145, fracción V y 154-TER de la Ley del Impuesto sobre la Renta, o presentarla en forma extemporánea.


''Artículo 82. A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones, solicitudes, documentación, avisos o información, así como de expedir constancias a que se refiere el artículo 81 de este Código, se impondrán las siguientes multas:
...
XXXI. De $111,490.00 a $158,730.00, a la establecida en la fracción XXXI.


Espero que mi comentario sea de tu utilidad.


Saludos a todos y que tengan una buena tarde.


Editado: Enero 23, 2012 15:36:43
 
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ngm
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23/Ene/12 16:23
Re: Ingreso en efectivo sin factura

Un cliente me compró una cierta cantidad de artículos promocionales por un valor aprox. de $1.5 MDP. (incluyendo IVA) El problema es que el pago me lo realizó en efectivo y no cuenta con datos para realizarle la facturación correspondiente.


Mmmmm.... checa pero no cuadra!!!
 
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CP_PACO
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23/Ene/12 16:49
Re: Ingreso en efectivo sin factura

y ese dinero fue depositado te imaginas el monto de retencion de IDE?


suena a campañas politicas jejeje
 
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lcruizuscanga
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23/Ene/12 18:32
Re: Ingreso en efectivo sin factura

Mira que tienes 2 obligaciones por cumplir:

1.- Emitir una factura, no importa si es al publico en general o con los datos del cliente. El caso es que hay que facturar

2.- La otra obligacion es de manifestarla en la declaracion informativa correspondiente a la cobranza en dinero (efectivo).

Y por ambas obligaciones existen multas por el no cumplimiento.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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23/Ene/12 21:25
Re: Ingreso en efectivo sin factura

Estimados todos, les agardezco sus comentarios.

Todo esto es virtud de cumplir con mis obligaciones fiscales. Desafortundamente este tipo de operaciones en ocasiones ocurren con mas frecuencia, como comentan algunos de ustedes, en epocas electorales.

Sin embargo la obligacion es cumplir y enterar lo correspondiente, por lo que aprecio su ayuda para poder cumplir con esta obligacion.

Slaudos,
 
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gledesma19
Soldado

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