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18/Ene/12 10:24
INCAPACIDAD EXTRAVIADA

CUANDO SE PIERDE UNA INCAPACIDAD Y NO SE CAPTURO NADA EN EL SUA O NO SE TIENE UNA COPIA DONDE SE PUEDE SOLICITAR UNA COPIA
 
Saludos... gracias por su apoyo...y por compartir su conocimiento....
 
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pumacp08
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18/Ene/12 11:16
Re: INCAPACIDAD EXTRAVIADA

Podría solicitar una copia ante la UMF que la expidió, mediante un escrito libre. PERO...

Si ya no capturaría en el SUA la incapacidad. ¿Cuál sería la utilidad de conseguirla?



Artículo 8o CPEUM. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.

A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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18/Ene/12 11:30
Re: INCAPACIDAD EXTRAVIADA

GRACIAS POR TU COMENTARIO ES DE GRAN AYUDA
 
Saludos... gracias por su apoyo...y por compartir su conocimiento....
 
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pumacp08
Soldado

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18/Ene/12 18:07
Re: INCAPACIDAD EXTRAVIADA

En primera instancia seria con el trabajador; pues a el le dieron una copia identica.


Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
Teniente Coronel

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18/Ene/12 20:34
Re: INCAPACIDAD EXTRAVIADA

Quizas ya sea demasiado tarde, si algun familiar ya fue a cobrar la incapacidad
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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21/Ene/12 00:07
Re: INCAPACIDAD EXTRAVIADA

Hola puma buenas noches

Debes solicitarla por escrito dirigido al director de la Unidad Médica de la adscripción del trabajador

Mira:

Artículo 147. Podrán expedirse certificados de incapacidad temporal para el trabajo en reposición de otros, en los siguientes casos:

I. Si el asegurado extravía su copia o el duplicado correspondiente al patrón, y requiere se le reponga


En ambos casos se deberá solicitar la reposición por escrito al Director de la Unidad Médica de adscripción del asegurado, quien en forma conjunta con los servicios institucionales de prestaciones económicas, verificará la procedencia de dicha reposición en los términos establecidos en los procedimientos vigentes.

En caso de proceder la reposición, el médico tratante, estomatólogo o el jefe inmediato de éstos, reexpedirá el certificado, registrando el evento en el expediente clínico. De igual manera el Director de la Unidad Médica dará aviso del extravío del certificado de incapacidad anterior a los servicios institucionales de prestaciones económicas y ordenará la cancelación del original o las copias que existan del certificado de incapacidad temporal extraviado


En la práctica me ha funcionado muy bien

Espero te sirva

vcaspe

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Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!
 
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vcaspe
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21/Ene/12 11:20
Re: INCAPACIDAD EXTRAVIADA

hice fue un escrito a la UMF dirigido a Director , primero me hicieron el feo, me hecharon el rollo de que el trabajador debio haberme dado la copia, etc etc etc,

Pero a final de cuentas me recibieron el escrito, lo sellaron mi copia y dijeron vengase en 3 días y si, ya nos entregaron la copia de la incapacidad perdida.

El trabajador me dio copia de su ficha donde cobro su incapacidad de ahi sacamos el folio de la incapacidad extraviada.

anexo contestaciòn por parte del IMSS, que les hice la consulta a traves de internet, fue su contestaciòn y fundamento.


INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
DIRECCIÓN JURÍDICA
COORDINACIÓN DE ATENCIÓN A QUEJAS Y ORIENTACIÓN AL DERECHOHABIENTE
COORDINACIÓN TÉCNICA DE ORIENTACIÓN E INFORMACIÓN

'2011, Año del Turismo en México'.


México, D. F. 05 de diciembre de 2011

Presente

En relación a su planteamiento y, en vía de orientación, le comunicamos que de acuerdo al reglamento de prestaciones médicas el cual nos refiere lo siguiente:


Artículo 147. Podrán expedirse certificados de incapacidad temporal para el trabajo en reposición de
otros, en los siguientes casos:

I. Si el asegurado extravía su copia o el duplicado correspondiente al patrón, y requiere se le reponga, y
II. Cuando el extravío del original le suceda al personal institucional.
En ambos casos se deberá solicitar la reposición por escrito al Director de la Unidad Médica de
adscripción del asegurado, quien en forma conjunta con los servicios institucionales de prestaciones
económicas, verificará la procedencia de dicha reposición en los términos establecidos en los procedimientos vigentes.

En caso de proceder la reposición, el médico tratante, estomatólogo o el jefe inmediato de éstos,
reexpedirá el certificado, registrando el evento en el expediente clínico. De igual manera el Director de la Unidad Médica dará aviso del extravío del certificado de incapacidad anterior a los servicios institucionales de prestaciones económicas y ordenará la cancelación del original o las copias que existan del certificado de incapacidad temporal extraviado.

Los datos personales por usted proporcionados, se encuentran protegidos en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Para cualquier duda o mayor información, le agradeceremos lo haga de nuestro conocimiento a través de nuestro portal www.imss.gob.mx, o en el número gratuito 01 800 623 23 23.

Sin otro particular, reciba un cordial saludo.

Atentamente
Coordinación Técnica de Orientación e Información

El envió de este mensaje es responsabilidad de:
Servicio de Correo Electrónico

Pero como te dijo a final de cuentas si me dieron la copia de la misma, y lo curios despues salio la original ahi traspapelada, despues me dio mucha risa. En estos casos siempre hay que archivar en el lugar destinado para esto, tengo una carpeta que dice movimientos afiliatorios, ahi voy mes por mes, adjuntando todo lo que se genere de movimientos del seguro social, altas, bajas, modificaciones de salario, incapacidades, ST7 y ST2, cualquier otra cosa relacionada con lo mismo, aclaraciones, en fin, y para efectos del INFONAVIT tenemos una carpeta de los avisos de retencion, andan muy perros los del INFIERNOVIT ultimamente.

Andar de tras de los trabajadores de que lleven sus incapacidades, he escuchado en las clinicas cuando les dicen que una copia es para su patron, de igual forma cuando les dan las hojas para las para calaficacion de un probable riesgo de trabajo, andar de tras de ellos como si fueran niños chiquitos. Es un batallar,

Otra recomendaciones usen las herramientas del seguro social los correos eléctrónicos, la contestaciòn fue por correo electrónico, la verdad fue de mucha ayuda, de las pocas cosas buenas que tiene la pagina del IMSS.

Saludos a todos.
 
'Si he llegado a ver más lejos que otros, es porque me subí a hombros de gigantes ' Sir ISAAC NEWTON
 
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jleeglz
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21/Ene/12 11:23
Re: INCAPACIDAD EXTRAVIADA

jajajaja, si así fueran los parches del pata SUA . jajajajajaja

Saludos a todos y que tengan un buen fin de semana y para aquellos afortunados que trabajan semana inglesa ....

See you later,
 
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jleeglz
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24/Ene/12 22:27
Re: INCAPACIDAD EXTRAVIADA

Hola puma

¿Ha sido resuelta su duda?

Un saludo

vcaspe

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vcaspe
Mayor

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