23/Dic/11 16:47
Re: Vacaciones Generales Estado de Queretaro
Si, así lo entiendo, sin embargo, en el Código Fiscal del Edo de Qro nada se menciona acerca de vacaciones generales, solo menciona el 25/12 como inhabil. Por eso pregunto, si hay gente de Qro o relacionada con este tema si sabe si se publico algo de vacaciones generales en la gaceta o algo así, similar a lo que pasa a nivel federal que las vacaciones se anuncian cada año.
ARTICULO 121.- Para la presentación de declaraciones, avisos o documentos ante las oficinas de la Secretaría de Finanzas y sus dependencias se considerarán días hábiles sólo aquellos en que se encuentren abiertas al público las oficinas fiscales, durante el horario normal; la existencia de personal de guardia no habilitará los días en que se suspendan las labores.
Para efectos de este Código son días hábiles todos los días del año, con exclusión de los sábados y domingos, 1º de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1º y 5º de mayo, 16 de septiembre, 1º de octubre de cada 6 años cuando ocurre el cambio de Poderes Estatales, 20 de noviembre, 1º de diciembre de cada 6 años cuando ocurre el cambio de Poderes Federales y el 25 de diciembre. (Ref. P.O. del 29-XII-94).
Las oficinas a que se refiere el párrafo primero, recibirán las declaraciones, avisos, solicitudes y demás documentos tal y como se exhiban, sin hacer observaciones ni objeciones y devolverán copia sellada a quien los presente. Únicamente se podrá rechazar la presentación cuando no contengan el nombre del contribuyente, el número de registro de contribuyentes, su domicilio fiscal o no aparezcan debidamente firmadas, no se acompañen los anexos o tratándose de declaraciones, éstas contengan errores aritméticos, en este último caso, las oficinas podrán cobrar las contribuciones que resulten de corregir los errores aritméticos y sus accesorios.
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.