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06/Oct/11 08:48
Factura Electrónica con RFC Genérico.

Buenos Dias a Todos.

En la empresa donde laboro se quiere establecer un sistema donde se le facture a todos los clientes sin exepción (ya contamos con facturas digitales). Hay algunos clientes que no tienen RFC o no nos lo han proporcionado.

Estuve preguntando y varias personas me dijeron que no había problema. Además, me puse a investigar y me encontré una regla miscelanea que, según a mi criterio, permite utilizar un RFC genérico para cumplir con la fraccion IV del 29-A del Código. A continuación anexo dicha regla

'
I.2.7.1.1. Para los efectos del artículo 29, fracción III del CFF, se tendrá por cumplida la obligación de señalar la clave del RFC de la persona a favor de quien se expida el comprobante a que se refiere el artículo 29-A, fracción IV del citado ordenamiento, para aquellos CFDI, que amparen una o más operaciones efectuadas con el público en general, cuando en el mismo se consigne la clave del RFC genérico: XAXX010101000. '
'
Cuando lo hablamos con el proveedor de las facturas electrónicas, nos dijo que únicamente se puede hacer eso en la factura global. Sin embargo, en la regla no dice que se tenga que incluir todas las ventas con el publico en general en una sóla factura, de hecho dice 'una o más operaciones efectuadas con el público en general'

Alguién me podría dar su opinión sobre esto?

Muchas Gracias de antemano.
 
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RAC87
Sargento Segundo

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06/Oct/11 08:58
Re: Factura Electrónica con RFC Genérico.

37 del reglamento del codigo fiscal


Los contribuyentes que realicen enajenaciones o presten servicios, al público en general y siempre que en la documentación comprobatoria no se haga la separación expresa entre el valor de la contraprestación pactada y el monto del impuesto al valor agregado que se tenga que pagar con motivo de dicha operación, podrán expedir su documentación comprobatoria en los términos del artículo 29-A del Código, o bien optar por hacerlo en alguna de las formas siguientes;

I. Expedir comprobantes cuyo único contenido serán los requisitos a que se refieren las fracciones I, II y III del artículo 29-A del Código y que señalen además el importe total de la operación consignado en número y letra.

II. Expedir comprobantes consistentes en copia de la parte de los registros de auditoría de sus máquinas registradoras, en la que aparezca el importe de las operaciones de que se trate y siempre que el contribuyente cumpla con lo siguiente:

A) Los registros de auditoría de las máquinas registradoras deberán contener el orden consecutivo de operaciones y el resumen total de las ventas diarias, revisado y firmado por el auditor interno de la empresa o por el contribuyente.

b) Se deberán formular facturas globales diarias con base en los resúmenes de los registros de auditoría, separando el monto del impuesto al valor agregado a cargo del contribuyente; dichas facturas también deberán ser firmadas por el auditor interno de la empresa o por el contribuyente.

Los contribuyentes que utilicen máquinas registradoras de comprobación fiscal deberán expedir los comprobantes que emitan dichas máquinas con los requisitos señalados por el artículo 29-B, fracción III de este Reglamento, excepto cuando exista imposibilidad de utilización de la única máquina del establecimiento de que se trate, caso en que podrán expedir comprobantes en las formas a que este artículo se refiere, siempre que se consignen todos los datos de los comprobantes que emitan dichas máquinas salvo los relativos a registro y logotipo fiscal. En los casos señalados en el párrafo siguiente, dichos contribuyentes deberán anotar en el comprobante que les sea solicitado, además de los datos previstos por el artículo 29-A del Código, el número de registro de la máquina y el número consecutivo del comprobante que emitió al registrar la operación de que se trate
 
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LC.GONZALEZ
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06/Oct/11 09:04
Re: Factura Electrónica con RFC Genérico.

Buen día LC. GONZALEZ:

Solamente una precisión, actualmente es el Art. 51 del RCFF, no el 37


RAC87:

¡¡ Bienvenido (a) !!

Se puede hacer en todos los comprobantes cuyos 'compradores' no tengan su RFC. Ya observaste como aparecen los recibos de TELMEX ?


Saludos





Editado: Octubre 06, 2011 09:07:23
 
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CHAVALON
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06/Oct/11 09:45
Re: Factura Electrónica con RFC Genérico.

gracias, debo eliminar archivos
 
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LC.GONZALEZ
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06/Oct/11 10:05
Re: Factura Electrónica con RFC Genérico.

LC.GONZALEZ:

Un comentario sobre el artículo que citaste

'
Los contribuyentes que realicen enajenaciones o presten servicios, al público en general y siempre que en la documentación comprobatoria no se haga la separación expresa entre el valor de la contraprestación pactada y el monto del impuesto al valor agregado que se tenga que pagar con motivo de dicha operación, podrán expedir su documentación comprobatoria en los términos del artículo 29-A del Código, o bien optar por hacerlo en alguna de las formas siguientes;
'

Lo que entiendo es que se puede elegir entre la fracc I o II del artículo que mencionas o bien basarse en el Art 29-A del Código.

Y creo que lo que mencionas de la factura global es si se elige la fracc II como opción a seguir.



CHAVALON:

Perfecto, revisaré un recibo de Telmex para ver cómo vienen.


Gracias a los dos por su aportación.
 
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RAC87
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06/Oct/11 10:57
Re: Factura Electrónica con RFC Genérico.

Lo ideal es realizar 1 factura por operacion.

Otros emplean el procedimiento de acumular varias notas de venta y hacer una sola factura. Es otro procedimiento apropiado

Pero, si no se emiten notas de venta, considero prudente emitirse la factura en el momento.

Se tiene la discrepancia de con que periocidad se debiese de realizarse el segundo procedimiento, unos señalan que diariamente, otros semanalmente y otros hasta mensualmente. Considero que no importa la frecuencia, las notas de ventas se realizarian diariamente
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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06/Oct/11 10:59
Re: Factura Electrónica con RFC Genérico.

o bien optar por hacerlo en alguna de las formas siguientes;
'

Lo que entiendo es que se puede elegir entre la fracc I o II del artículo que mencionas o bien basarse en el Art 29-A del Código.

Es correcto tu analisis.....hay que observar la disyuncion y en base a eso optar

Saludos

.
 
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lobozac
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06/Oct/11 15:19
Re: Factura Electrónica con RFC Genérico.

Gracias, ya me quedó más claro el asunto


Saludos!
 
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RAC87
Sargento Segundo

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28/Mar/12 16:02
Re: Factura Electrónica con RFC Genérico.

un contribuente PM puede deducir una factura con RFC generico??
 
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bettyqm
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29/Mar/12 10:48
Re: Factura Electrónica con RFC Genérico.

un contribuente PM puede deducir una factura con RFC generico??



NO.

Ya que no esta a su nombre (ni su RFC)

Art.29 CFF

Editado: Marzo 29, 2012 11:31:34
 
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vabdo
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