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08/Sep/11 22:52
Prestacion de servicios profesionales. Obligacion de impuestos retenidos

Muy buenas noches.

Soy persona fisica con actividad empresarial y profesional y presto servicios se asesoria en computacion a otra persona fisica. Alguien tendria la obligacion de retenerme impuestos o solo aplica cuando se trata de prestacion de servicios a personas morales

Saludos
 
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ASG
Cabo

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08/Sep/11 23:34
Re: Prestacion de servicios profesionales. Obligacion de impuestos retenidos

Buenas noches ASG:

Las retenciones en caso de Servicios Profesionales solamente se efectuán cuando la P.F. le presta servicios a una Persona Moral.


Fundamentos.- Art. 1o-A LIVA y Art. 127 último párrafo LISR





Saludos




Editado: Septiembre 08, 2011 23:37:47
 
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CHAVALON
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09/Sep/11 09:25
Re: Prestacion de servicios profesionales. Obligacion de impuestos retenidos

Artículo 1o.-A LIVA.- Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

Personas morales
II. Sean personas morales que:
Honorarios por servicios o arrendamientos de PF
a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.[/b

[b]Sujetos no obligados a retener
No efectuarán la retención a que se refiere este artículo las personas físicas o morales que estén obligadas al pago del impuesto exclusivamente por la importación de bienes
.]
 
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CP_PACO
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09/Sep/11 10:16
Re: Prestacion de servicios profesionales. Obligacion de impuestos retenidos

Soy persona fisica con actividad empresarial y profesional y presto servicios se asesoria en computacion a otra persona fisica. Alguien tendria la obligacion de retenerme impuestos
....


NO existe retención alguna entre PF...................



saludos
 
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CPhugoocejo
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12/Sep/11 08:48
Re: Prestacion de servicios profesionales. Obligacion de impuestos retenidos

ASG: Te sirvió la información proporcionada? Saludos.
 
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CP_PACO
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