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04/Jul/11 10:08
Donatarias exceptuadas de presentar dictamen fiscal simplificado

Donatarias exceptuadas de presentar dictamen fiscal simplificado

I.2.15.1. Para los efectos del artículo 32-A, fracción II del CFF, las personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del ISR, que hayan cumplido con la presentación de todas las declaraciones a las que estuviesen obligadas durante el ejercicio, tanto de pago como informativas, no estarán obligadas a presentar dictamen fiscal simplificado emitido por contador público registrado, cuando durante el ejercicio fiscal no hubieren percibido ingresos o estos sean en una cantidad igual o menor a $2,000,000.00.

Lo dispuesto en esta regla será aplicable a partir de la presentación del dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal de 2011. Asimismo, no será aplicable a los fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles, ni a las entidades a las cuales se les otorgó la autorización condicionada de conformidad con la regla I.3.9.8., fracción V.

CFF 32-A, LISR 101, RMF 2011 I.3.9.8.

Saludos.......
 
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lwyzgtz
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06/Jul/11 01:13
Re: Donatarias exceptuadas de presentar dictamen fiscal simplificado

Por ley no se exceptuan la presentacion de dictamenes a contribuyentes obligados.

Es mediante una facilidad, que tome el contribuyente y que comunique esta opcion a la autoridad que le exhimerian la obligacion. Por lo que no existe finalmente una excepcion, sino mas bien tomarse una facilidad para la no presentacion
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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06/Jul/11 11:01
Re: Donatarias exceptuadas de presentar dictamen fiscal simplificado

Enrique:

Lo dispuesto en esta regla será aplicable a partir de la presentación del dictamen fiscal correspondiente al ejercicio fiscal de 2011

Me parecio interesante ya que habla de una disposicion aplicable a futuro, esperemos que cambios vendran a las disposiciones actuales.

Saludos Enrique ....
 
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lwyzgtz
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06/Jul/11 15:49
Re: Donatarias exceptuadas de presentar dictamen fiscal simplificado

Cada año la Reglas de la RMF son modificadas (en bloque), otras son eliminadas y habria una vigencia de una reglamentacion digamos que completa. Pero, el SAT tiene manga ancha para cambiarlas a su 'antojo' en el momento que desee y como son supuestamente facilidades, ya que no pudiese o DEBIESEN imponer OBLIGACIONES mayores que la ley. Estas facilidades es que pudiesen realizarlas a su antojo, dentro de ciertos parametros que la ley, les faculta hacerlo.

Regresando a tu regla, esta es una facilidad, año con año, han venido instituyendo asi, cambian en ocasiones el texto, en otras lo deja igual o parecido. El detalle es que se debe cumplir la regla vigente en el momento que te corresponda aplicarte ese derecho.

Si dias antes existia la facilidad y el dia que llegas a adjudicarte el derecho ya no opera dicha facilidad, ni modo. Te quedaria vigente las obligaciones de la ley.

Las facilidades son prerrogativas en favor del contribuyente, digamos que pudiese en algunos casos dispensar alguna obligacion exigida por la ley. Pero, la autoridad no te quita la obligacion, solamente permite que mediante la aplicacion de la facilidad pudiese darse cumplimiento a la obligacion originaria de la ley. Te permuta una obligacion, en este caso en particular, simplemente entregar un escrito de que se adhiere a esa facilidad. Con este cumplimiento, se concede exhimirse de la presentacion del dictamen. Le comunicarias a la autoridad que esta sociedad es de poca monta, por tal motivo, la autoridad misma consideraria procedente que no deba perder el tiempo revisando su dictamen, a menos que ratifiquen que no fue minimos sus ingresos y ahi si pudiese tomar represalias por el mal proceder de el contribuyente.

saludos wyzgtz
 
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enrique9727
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12/Mar/12 16:26
Re: Donatarias exceptuadas de presentar dictamen fiscal simplificado

cuando una donataria en base a sus ingresos este exceptuada de presentar dictamen fiscal simplificado,,es necesario presentar un escrito a la autoridad?? tiene alguna fecha limite??
 
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adrian_ortiz
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