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01/Jul/11 11:58
Baja y Reingreso de eventuales

Buen dia estimados
tengo la siguiente duda me pueden orientar, resulta que tengo 180 trabajadores temporales por contrato de 3 Meses por cuestiones de produccion. Ya se les vencio el segundo contrato de 3 meses (6), pero se les van a dar otro de 3 meses mas (9).
El abogado me recomendo que los finiquitara porque despues de los 6 Meses ya se consideran fijos y los volviera a recontratar por los otros 3 Meses.
Mi duda es en relacion al IMSS, si debo darlos de Baja y Reingreso cada vez que se les de un nuevo contrato o tiene alguna consecuencia que en el IMSS no se presente Baja y Reingreso y se dejen siempre activos hasta la Baja definitiva?
 
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Danilo11
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01/Jul/11 21:59
Re: Baja y Reingreso de eventuales

:neutral: Buenas noches. Sugiero que cambien de abogado laboral. Hay que revisar el clausulado de sus contratos, porque si están mal hechos pueden tener una buena bronca laboral. Para seguro social es indistinto que los den de baja y los reingresen, pero si están haciendo las cosas mal, háganlas bien, x tanto, lo mejor sería hacer los finiquitos, hacer los avisos de baja, y al recontratarlos, volverlos a dar de alta en el seg. social. Insisto: Se la estan jugando y con el primer trabajador que hagan enojar, van a sufrir.

Suerte,
El Lic.

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pepesoto
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02/Jul/11 02:38
Re: Baja y Reingreso de eventuales

Asi como medio argumentan la justificacion de los contratos por 3 meses. No me pareciera razonable estar extendiendo los contratos por otro periodo igual.

Estos motivos no se ajustan a las guisas de la ley Art 37 LFT

Artículo 37.- El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los caso siguientes:

I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;
II. Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador; y
III. En los demás casos previstos por esta Ley.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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02/Jul/11 14:25
Re: Baja y Reingreso de eventuales

Me parece que estan ocultando las relaciones laborales de forma indeterminada. Cual es la razon de que les des 3 meses, despues otros 3 y otros 3 ????
Y como dice el Lic. si van a hacer las cosas mal por lo menos haganlas bien.


Saludos
 
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juancarm
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03/Jul/11 12:53
Re: Baja y Reingreso de eventuales

Cuando la verdad no es genuina, es casi imposible realizar actos congruentes a la misma. Los actos realizados serian solo 'pretextos', acomodados para aparentar la verdad.

'Se realizan contratos por tiempo determinados' '... por cuestiones de la producción...', donde no se llega a equiparar a lo que se expresa en el art 37 LFT. Después llegamos a las conjeturas a que todos hemos llegado. En un asunto legal, por supuesto no habría ni tan poquitas posibilidades de indefensión.


Le pondre algunos articulos donde se manifiesta la LFT que se permite el empleo del contrato por tieimpo determinado:

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Artículo 292.- Las disposiciones de este capítulo se aplican a los deportistas profesionales, tales
como jugadores de fútbol, baseball, frontón, box, luchadores y otros semejantes.

Artículo 293.- Las relaciones de trabajo pueden ser por tiempo determinado, por tiempo
indeterminado, para una o varias temporadas o para la celebración de uno o varios eventos o funciones.

A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.
Si vencido el término o concluida la temporada no se estipula un nuevo término de duración u otra modalidad, y el trabajador continúa prestando sus servicios, la relación continuará por tiempo indeterminado.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Artículo 305.- Las relaciones de trabajo pueden ser por tiempo determinado o por tiempo
indeterminado, para varias temporadas o para la celebración de una o varias funciones, representaciones o actuaciones.

No es aplicable la disposición contenida en el artículo 39.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Artículo 196.- La relación de trabajo por viaje comprenderá el término contado desde el embarque del trabajador hasta concluir la descarga del buque o el desembarque de pasajeros en el puerto que se convenga.

Si es por tiempo determinado o indeterminado se fijará el puerto al que deba ser restituido el trabajador, y a falta de ello, se tendrá por señalado el del lugar donde se le tomó.

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

(Para medicos residentes)

Artículo 353-F.- La relación de trabajo será por tiempo determinado, no menor de un año ni mayor del período de duración de la residencia necesaria para obtener el Certificado de Especialización correspondiente, tomándose en cuenta a este último respecto las causas de rescisión señaladas en el artículo 353. G.

En relación con este Capítulo, no regirá lo dispuesto por el artículo 39 de esta ley.

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enrique9727
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04/Jul/11 22:17
Re: Baja y Reingreso de eventuales

:neutral: Buenas noches. Por razones de producción es muy posible tener contratos determinados (obra o tiempo). Por eso insisto, hay que revisar los contratos para ver por qué la razón de esa temporalidad.

El Lic.


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pepesoto
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05/Jul/11 15:22
Re: Baja y Reingreso de eventuales

Depende del tipo de producción... no por cualquier tipo de producción, debiese ajustarse a lo especificado en la LFT.

Ejemplo: producción que se realiza en el campo, ramo juguetero.

Si su producción no es estacional, difícilmente podrían aplicar este tipo de justificación.
 
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enrique9727
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07/Jul/11 18:53
Re: Baja y Reingreso de eventuales

:neutral: Buenas tardes. La temporalidad se puede aplicar tambien a cualquier tipo de servicio, no sólo a producción.

El Lic.

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pepesoto
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08/Jul/11 00:48
Re: Baja y Reingreso de eventuales

En efecto, la temporalidad de contratar por tiempo determinado, podría ser en función a algún servicio o por eventos.

Ejemplos: el servicio de deportistas, toreros, marineros, aviadores y personal asistentes en navíos y aeronaves, por la prestación de un servicio por una campaña publicitaria, etc.
 
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enrique9727
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08/Jul/11 22:55
Re: Baja y Reingreso de eventuales

:neutral: B uenas noches. Mientras regresa Danilo, desafortunadamente, es muy común que los contratos como los que él nos menciona (Danilo), no están sustentados legalmente.

El Lic.

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