04/Jun/11 11:56
Hola buen día.
Tengo un consulta.
Yo le deposito el día primero a una gasolinera ejemplo 4000 de gasolina
y ella no me expide mi comprobante hasta el final de mes porque dice que solo me puede facturar lo consumido. y yo le digo que todo anticipo causa IVA que la parte que no consumi ella debe registrarla en su contabilidad como saldo a favor .
Pero que yo necesito mi comprobante Fiscal de mi Anticipo.
y ella me contesta con lo siguiente :
Envió información sobre la efectividad de la factura de debito.
Enorme ventaja fiscal al permitir la deducibilidad, ya que cumple con las disposiciones fiscales al ser autorizada por el SAT (Servicio de Administración Tributaria). Autorización 325-SAT-09-IV-76163
Sin embargo ahora podemos dar un anticipo a la gasolinera y éste es
deducible si luego se obtiene la factura, una vez hecho el consumo,
(Art. 31 Fracción XIX, 2o. párrafo.)
ado.