03/May/11 16:46
Re: Calculo del interés real
Se pagaron intereses a inversionistas, pertenecemos al sistema financiero, el pago de intereses fué por el periodo del 2010, aplica la ley de ISR Artículo 159 del 2009, Contiene la última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 04-06-2009), aplicable para el 2010.
159. Las personas físicas deberán acumular a sus demás ingresos los intereses reales percibidos en el ejercicio.
Se considera interés real, el monto en el que los intereses excedan al ajuste por inflación. Para estos efectos, el ajuste por inflación se determinará multiplicando el saldo promedio diario de la inversión que genere los intereses, por el factor que se obtenga de restar la unidad del cociente que resulte de dividir el índice nacional de precios al consumidor del mes más reciente del periodo de la inversión, entre el citado índice correspondiente al primer mes del periodo. Cuando el cálculo a que se refiere este párrafo se realice por un periodo inferior a un mes o abarque fracciones de mes, el incremento porcentual del citado índice para dicho periodo o fracción de mes se considerará en proporción al número de días por el que se efectúa el cálculo.
Lo que expresa el anterior artículo sería:
Inversión inicio en: Mayo 10, termino en Septiembre 10, una monto invertido de $120,000.
mantenido durante los 5 meses,se pagaron interese al 12% anuales
Saldo Promedio Diario de la Inversión: 120,000.
Mes más reciente del periodo: Sept 10.
Primer Mes del Periodo: May 10.
Interés Nominal: $14,400
Ajuste por Inflación a los intereses nominales.
Factor: (INPC Sept 10/INPC May 10) -1= (141.906 /140.514)-1=1.00990-1=.00990
Factor * Saldo Promedio diario de la Inversión.= .00990*120,000= 1188.
Excedente del Interés nominal, al Ajuste por inflación= 14,400-1188=$13, 212 Interés Real.
Asi sería la aplicación del artículo 159 comentado, de acuerdo?.
Ahora en el reglamentos de ISR están los artículos 211-A y 212-B, que habla de factor por dia para el ajuste por inflación. y la estimativas diarias del INPC, estarian de acuerdo que obtener el interés Real, de un periodo por meses completos, es la mecánica arriba y si queremos obtener el ajsute por inflación y obtener el factor por día de inversión tenemos que remitirnos al artículo 211-A y 212-B?.
Es por ello la solicitud de una calculadora para el cálculo de los interese reales, derivados del asjuste por inflación de acuerdo al aspecto fiscal, que un integrante del sistema financiero le paga a un inversionista aplicando la ley 2009 , que sigue vigente para 2010, y agilizar cálculos y unicar criterios para el correcto resultado.