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10/Mar/11 14:04
DIFERIMIENTO DE INCAPACIDAD IMSS

Que tal Buenas Tardes,

Una de las empleadas en la empresa, con incapacidad por maternidad, le expidieron esta, a fin del mes de enero cuando en la empresa ya se había cerrado el proceso de nómina, por lo que no se le descontaron 5 días y se le pagaron.

Mi pregunta es, ¿podría, cuando termine su incapacidad, diferirla 5 días?, es decir, en realidad en la nómina acumulando los días, sí corresponderían con el total de los días de incapacidad expedidos por el IMSS, sin embargo no corresponderían las fechas.
Más especificamente, se fue de incapacidad a fin del mes de enero, regresa a fin del mes de marzo, por lo que tengo pensado no pagarle los últimos 5 días de marzo (fecha terminación 31 de marzo), aunque la fecha de terminación real de su incapacidad va a ser el 26 de marzo.

Con el SUA no tengo problemas porque ahí si se pudo aplicar la incapacidad prenatal en la fecha correspondiente y también se aplicará correctamente la posnatal
 
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WANDA
Cabo

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10/Mar/11 20:58
Re: DIFERIMIENTO DE INCAPACIDAD IMSS

Es correcto wanda, en la practica esto es muy comun con las incapacidades porque llegan a presentarse despues de cerrar la nómina.


Saludos
 
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juancarm
Teniente Coronel

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10/Mar/11 21:10
Re: DIFERIMIENTO DE INCAPACIDAD IMSS

...'no le descontaron'...
Error... Veamos por qué.

No comprendo la razón por la que pagaron los días no laborados.

¿Desde cuándo, el tiempo no laborado, se consideraría como descuentos? No se señala en el Art 110 LFT. E incluso se señala, que no se descuenten días no laborados, precisamente porque no deben pagarse.

Bueno más sin embargo, conforme a este artículo, se señala que los errores pudiesen descontarse siempre que no se excedan en un plazo de un mes. Por lo pronto, la relación se encuentra suspendida, por lo que no corren los días en el plazo. Al regreso, después de las incapacidades, comenzaría el plazo a correr. Más sin embargo, también deben de ajustarse a las indicaciones que el mismo Art. 110 LFT. Donde se señala como limitantes para realizar los descuentos y dentro de las mismas deberán sacar la firma de convenio con la trabajadora.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Mar/11 22:11
Re: DIFERIMIENTO DE INCAPACIDAD IMSS

Gracias!! Juancarm y Enrique por sus aportaciones.
 
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WANDA
Cabo

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