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11/Feb/11 19:08
club deportivo

muy buenas noches

para determinar la base y calcular el 5% que me estipula el art 95 lisr.

que ingresos y deducciones se deben consideraR?

LA EMPRESA FACTURA INGRESOS POR CUOTAS Y CONSUMOS EN BAR Y RESTAURANT?

Y ALGUNOS NOS PIDEN FACTURA A NOMBRE DE LAS EMPRESAS.

QUISIERA SU OPINION AL RESPECTO?

GRACIAS.
 
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marifer
Capitán Segundo

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12/Feb/11 00:01
Re: club deportivo

Es una A.C?..........si es así...debes observar primero el acta constitutiva, propiamente el objeto de la misma, y la CIF.........



saludos
 
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CPhugoocejo
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12/Feb/11 15:57
Re: club deportivo

si es una a.c.
 
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marifer
Capitán Segundo

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12/Feb/11 17:03
Re: club deportivo

Buena tarde:

El sexto párrafo del artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), establece que en el caso de personas morales con fines no lucrativos que enajenen bienes distintos de su activo fijo o presten servicios a personas distintas de sus miembros, deben determinar el ISR correspondiente a la utilidad por los ingresos derivados de las mencionadas actividades conforme el Título II de la LISR, aplicando la tasa del 30% (prevista en el artículo 10), siempre y cuando dichos ingresos excedan del 5% de los ingresos totales de la persona moral en el ejercicio que se trate.

Entonces, se deberá tener claro quienes son los miembros de la A. C, en virtud de que el hecho de que tenga ingresos de NO MIEMBROS (Empresas), podría tener la obligación de pagar impuestos tanto por ISR, como IVA e IETU.

Saludos


Editado: Febrero 12, 2011 17:04:45
 

 
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a_cano
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16/Feb/11 00:09
Re: club deportivo

Hola buenas noches:

ah ok 93 y no 95... me la pasé leyendo el mentado 95 y no comprendía dónde estaba, el mentado 5%.

El Art 93 LISR que ya explicó a_cano, pero lo explicaré de otra manera, que espero se comprenda tan claro como la versión del compañero.

En dicho artículo, se señala que por lo regular una pm no lucrativa, efectivamente por no realizan actividades de lucro de manera preponderante, por lo que no gravaría los tributos por ISR, IETU e IVA. No existen enajenaciones u operaciones relativas al objeto de las leyes fiscales.

Pero, cuando empieza a desarrollar enajenaciones o prestacion de servicio para con personas que no son asociados (o socios), este tipo de sociedades no dejan de ser no lucrativas o AC, y aunque desarrollen actividades lucrativas, por consiguiente este tipo de actividades si serían aplicables o caerían en el objeto de las leyes tributarias.

Más sin embargo, la LISR, dispensa no pagar el ISR, si no se rebasa en 5% de todas sus operaciones lucrativas, con relación al total de las operaciones (lucrativas + las no lucrativas) relativas al mismo ejercicio del contribuyente.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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16/Feb/11 00:13
Re: club deportivo

Hola buenas noches:

Dado lo anterior, casi siempre este tipo de servicios se entregaria al costo en un club deportivo, para los asociados. Pero si se ha de facturar para fines mercantiles, sugiero que les trasladen el IVA, ISR y IETU mas un margen de utilidad, pues no es lo mismo recibir un reembolso de sus propia cuotas para con la asociacion y continue operando, que se deduzcan servicios que seguramente recuperara de la pm a la cual se le trasladaria el gasto y no al propio asociado.
 
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enrique9727
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