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03/Feb/11 12:25
DUDA

Buenos dias Amigos Foristas: Una opinion de partes de ustedes, resulta que un trabajador se amputo la mitad del dedo anular derecho con una sierra electrica en la empresa(Ferreteria).. Pero no lo tenia dado de alta en el imss, el trabajador fue a curacion al imss le dieron una incapacidad por 13 dias con fecha de 22-01-2011 y me trajo el formato ST-7 Para que lo requisitara el patron, dado que no lo tenia dado de alta que sanciones multas y capital constitutivo me cobrarian aproximadamente(Necesito un dato del importe mas o menos o un procedimiento para dicho calculo)...pero el patron esta de acuerdo de llevarlo con un especialista particular y el trabajador tambien esta de acuerdo...como podria acordar esa propuesta con el imss...y pues de darle reversa a ese formato ST-7..`por su ayuda y comentarios gracias..saludos
 
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cuty
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03/Feb/11 13:20
Re: DUDA

Hola, que tal, nooooooooooooooooooooooooooo amigo dijera mi jefe ya te entro el plomo, jijijjji, no hay forma de que finquen capitales constitutivos, multas y demas, aunque lo pagues por fuera, te entrara el plomo, ni modos, si eres responsble tu ya sabes lo que iva a pasar, ahora que si fue algun cliente, pues ni modos, ese es el riesgo que se corre, no es de mucha ayuda mi respuesta pero no hay por donde escapar, nos vemos cuidece.
 
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rogescudero
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03/Feb/11 16:12
Re: DUDA

Si ya llego al IMSS el trabajador y lo comenzaron a atender, ya lo atendieron por accidente y esto ya no se puede borrar. Comenzaran los calculos por capitales constitutivos y las multas correspondientes.

Si lo atienden por fuera, eso esta muy bien. El IMSS procurara proteger la indemnizacion al trabajador e incluso reconvenir al patron y multarlo por su desobligacion con el fin de que no se repita. No es posible eliminar la sancion. E incluso ante la sociedad no es correcto que no reciba una eliminacion por su falta y aunque se lo perdonen, que lo veo dificil, a la autoridad misma le nacen revisores en el interior, estan vigilando su actuacion, si no justifica la omision a la sancion, otras personas la aplicaran y tambien sancionaria al funcionario infractor.

Aqui lo prudente es cumplir con el IMSS, pues si el trabajador demanda su indemnizacion mas energicamente, los pudiese incrementarle su indemnización de 1 a 3 tantos mas e incluso incrementar las sanciones, dependiendo de la flagrancia de la desobligacion, sin importar que despues esten dispuestos de estar pagando en dos hospitales a precio de 5 estrellas (IMSS y particular) Esto unicamente representaria parte de reparacion del daño.

Por las determinaciones de los capitales constitutivos y la multas, ya no se preocupe, seguramente el IMSS se los hara llegar proximamente y les fundamentaran todos estos valores de algun modo.

Desgraciadamente, en este caso para Ustedes y afortunadamente para el trabajador ya no opera la espontaneidad, en donde ya no proceden las sanciones
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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03/Feb/11 21:51
Re: DUDA

:neutral: Buenas noches. El imss nunca se preocupará x ninguna indemnización que el patron quiera pagar x fuera a su trabajador accidentado, es más, no le importa ni siquiera lo tomará como 'atenuante'. El imss le va a fincar un capital constitutivo y le va a salir sumamente caro. Vaya ahorrando.

Suerte,
El [congelado]
Lic.

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=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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