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08/Ene/11 12:13
'Ayuda' Duda sobre el tema del IDE

¿Qué puedo hacer con un remanente de IDE que tengo a Favor en el mes de Noviembre de 2010?
Si ya lo compense y lo acredite contra otros impuestos y aun así tengo este remanente, ¿Cuándo podré solicitar la devolución? Ya que por lo que se no lo puede aplicar para 2011.

Gracias!
 
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jluis_15
Soldado

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08/Ene/11 13:31
Re: 'Ayuda' Duda sobre el tema del IDE

Opino lo siguiente camarada:


El IDE se puede acreditar contra el ISR propio y retenido, siempre y cuando sean del mismo mes, si nos queda remanente a favor tenemos 3 opciones

1.Llevarlo contra la declaración anual
2.Si queremos pagar isr retenido de otros meses, tiene que ser vía compensación
3.Solicitar la devolución de este excedente

•Acreditamiento del IDE contra la declaración anual
El acreditamiento del IDE contra el pago provisional de ISR tiene un tratamiento parecido al ISR retenido por el banco, al disminuirlo de la cantidad a cargo del pago provisional y además disminuirlo del impuesto anual.

Por ejemplo

Pago Provisional de Enero 1000

Menos Ide del mes 300

Pago Provisional pagado 700


Impto anual 3000

Menso Pagos Provisionales 700

Menos IDE (no compensado
No devuelto) 300

Impto anual a cargo 2000


Fundamente Art 7 LIDE
Artículo 7. El impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado en el ejercicio de que se trate, será acreditable contra el impuesto sobre la renta a cargo en dicho ejercicio, salvo que previamente hubiese sido acreditado contra el impuesto sobre la renta retenido a terceros o compensado contra otras contribuciones federales a su cargo o hubiese sido solicitado en devolución.

Saludos
 
La ignorancia es temporal, la estupidez es para siempre
 
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JOEGON
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08/Ene/11 13:43
Re: 'Ayuda' Duda sobre el tema del IDE

Si ya lo compense y lo acredite contra otros impuestos y aun así tengo este remanente



Para ver los ángulos debes observar un TODO.


Ve por favor el numeral 7 CUARTO PÁRRAFO IDE..............

Si después de aplicar los procedimientos de acreditamiento y compensación a que se refieren los párrafos anteriores, subsistiere alguna diferencia, la misma podrá ser solicitada en devolución......


saludos
 
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CPhugoocejo
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