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20/Ago/10 13:35
Baja ante el Imss por ausentismo. ¿Qué día se toma?

En el caso de una baja por ausentismo. ¿Se transmite la baja ante el Imss a partir del primer día en que el trabajador se ausentó o se toma el siguiente día al que se cumple la tercera inasistencia? ¿Hay alguna obligación o trámite extraordinario en el caso de manifestar en el aviso de de baja la causa: Abandono de empleo?

De antemano, gracias!
 
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icadena
Capitán Segundo

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20/Ago/10 14:03
Re: Baja ante el Imss por ausentismo. ¿Qué día se toma?

Hola, creo que este tema ya se habia comentado anteriormente,

Extrictamente no se puede aplicar la ley tan facilmente hay que esperar hasta el 4to dia para ver si el trabajador se presenta o en su defecto hablar a su casa o celular si tienen registrado las cuasas por las cuales no ha ido a trabajar.

Lo otro es levantar una acta administrativa ante la junta de conciliacion dandoles el conocimiento para de que el trabajador no se ha presentado, y esta misma se la haga llegar al trabajador a su casa.

La otra es que son 3 dias dentro de los 30 dias naturales... no siempre pueden ser seguidos... ojo aqui hay trabajadores que son muy vivos faltan dos veces seguidas dentro de un mes y la tercera se pasa de los 30 dias ... en lo personal me ha tocado casos como estos...

Haber que opinan los expertos en lo laboral ...

Saudos.
 
'Si he llegado a ver más lejos que otros, es porque me subí a hombros de gigantes ' Sir ISAAC NEWTON
 
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jleeglz
Capitán Primero

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20/Ago/10 17:21
Re: Baja ante el Imss por ausentismo. ¿Qué día se toma?

Hola!
Lo que te hace ver jleeglz es correcto, este tema ha sido uno de los temas mas comentados y tratados con muchos Abogados Laboristas, y ellos prefieren que no se presente la baja, para usarlo como un elemento de juicio y manifestar que nunca se despido o dio de baja al trabajador y ganar ventaja en la posible demanda que pudiera ser presentada por el trabajador.

Pero usando los fundamentos y procedimientos legales, o sea, esperarse para levantar el Acta hasta el 4o. dia, presentarla en Conciliacion y señalar en el aviso de baja como motivo de esta 'Por ausentismo conforme el Art. XX de la LFT' (No recuerdo cual es er Art. que hable de las 3 faltas).

Y hago referencia a la presentacion del Aviso porque este debe ser fisico y no electronico porque por medio de este ultimo mecanismo, no podriamos señalar el motivo de la baja.

Los Abogados no saben lo que cuesta seguir manteniendo de alta un trabajador asi, IMSS, SAR, INFONAVIT, Amortizaciones en su caso, Beneficios en Pensiones de IV o CV, Salarios caidos, etc, que en su gran mayoria los costos resultan ser mas altos que lo que pudiera ser por la liquidacion negociada, los Abogados cuidan su Exito sin importar el costo.

Saludos.
 
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Agustin1
Soldado

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20/Ago/10 20:27
Re: Baja ante el Imss por ausentismo. ¿Qué día se toma?

:neutral: Buenas tardes/noches. Antes de hacer cualquier cosa en el seguro social, hay que resolver el asunto laboral. Nada de enfermarse de 'actitis' ni de avisos a la junta, hasta primero averiguar en el domicilio del trabajador, la causa del 'ausentismo'.

Suerte,
El Lic.

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=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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21/Ago/10 01:50
Re: Baja ante el Imss por ausentismo. ¿Qué día se toma?

Es buen camino procurar conocer el motivo del ausentismo, para poder tomar las providencias apropiadas. Sino las conoce, pudiese resultarle una contrariedad rotunda la accion por la que se inclino. Perjudicandose al no contar con los justificantes de tener que despedir o dar de baja a un trabajador.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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21/Ago/10 22:20
Re: Baja ante el Imss por ausentismo. ¿Qué día se toma?

:neutral: Hola ICadena... no importa que sea sábado... se puede investigar en el domicilio del trabajador.

Suerte,
El Lic.

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pepesoto
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