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16/Jul/10 14:45
¿Los intereses para IETU son exentos o no gravados?

Hola a todos, una pregunta,

Los intereses para Ietu son exentos o no gravados?


Gracias
 
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mariajanice
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16/Jul/10 15:24
Re: ¿Los intereses para IETU son exentos o no gravados?

Depende,

por concepto de que son los intereses ¿?


saludos
 
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goldeneye
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16/Jul/10 21:04
Re: ¿Los intereses para IETU son exentos o no gravados?

Buenas Noches:

Como podras observar en el articulo Primero de LIETU, solo son objeto de este impuesto:I.- Enajenacion de Bienes
II.- Prestacion de servicios independientes.
III.- Otorgamientyo del uso o goce temporal de bienes

Por lo que eso de que si los intereses son excentos, o no gravados, sale sobrando SOLO NO SON OBJETO del pago de este impuesto

Por lo que tambien la otra pregunta de 'Depende'?, tampoco aplica al caso
 
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Ramusa
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17/Jul/10 17:06
Re: ¿Los intereses para IETU son exentos o no gravados?

mariajanice:
¿Los intereses para IETU son exentos o no gravados?

Los Intereses SON INGRESOS GRAVADOS, cuando sean cargados al precio o a la contraprestación:


LIETU

Artículo 2. Para calcular el impuesto empresarial a tasa única se considera ingreso gravado el precio o la contraprestación a favor de quien enajena el bien, presta el servicio independiente u otorga el uso o goce temporal de bienes, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por impuestos o derechos a cargo del contribuyente, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto, incluyendo anticipos o depósitos, con excepción de los impuestos que se trasladen en los términos de ley.
......



Saludos





Editado: Julio 17, 2010 17:50:45
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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18/Jul/10 13:07
Re: ¿Los intereses para IETU son exentos o no gravados?

En forma conservadora es como dice mi estimado Chavalón..la ley así lo estipula en el numeral 2 IETU.



Pero estrictamente los intereses NO SON OBJETO en ninguna de las fracciones del numeral 1 del IETU...pero ésto valdría la pena ver el tan famoso costo beneficio vía legal..



Así que cada quien considere apropiado aplicar en cada caso en particular con sus respectivas vicisitudes.


saludos
 
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CPhugoocejo
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19/Jul/10 10:11
Re: ¿Los intereses para IETU son exentos o no gravados?

buenos dias,


Por lo que tambien la otra pregunta de 'Depende'?, tampoco aplica al caso



Como que no aplica mi estimado Ramusa, ya leyo la tan acertada respuesta de CHAVALON ¿? Art. 2 LIETU

Por otro lado, existe el MIF, el cual, aplica para los intereses cobrados/pagados por las intituciones consideradas dentro del sistema financiero, art. 3 Fracc. I parrafo 4, fracion II, IETU,

Ahora vale la pena o no saber por concepto de que provienen los intereses, antes de dar respuesta en concreto ¿?


saludos
 
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goldeneye
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20/Jul/10 16:52
Re: ¿Los intereses para IETU son exentos o no gravados?

así es.....depende como se generan los Interes

y ahi entran las SOFOM.....entre otras

Saludos
LG
 
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JOEGON
Capitán Segundo

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20/Jul/10 17:17
Re: ¿Los intereses para IETU son exentos o no gravados?

ahi entran las SOFOM.....entre otras



Exactamente Joegon.



saludos
 
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CPhugoocejo
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20/Jul/10 20:21
Re: ¿Los intereses para IETU son exentos o no gravados?

Buenas Noches:

Bueno al parecer, solo a algunos intereso el caso, me llama poderosamente la atencion, que quien inicio este foro no aparezca para aclarar, la exposicion de la duda, para asi efectivamente poder ser mas objetivo en la respuesta.

Aunque si bien, generalize al respecto al concepto intereses, solo si estos forman parte del precio, de enajenacion de algun bien o servicio, si serian objeto, aunque difiero de quien los menciona en cuanto a la intermediacion financiera, ya que el tratamiento es el de MARGEN DE INTERMEDIACION FINANCIERA, (esta se asimila como prestacion de servicios) que aunque como dicen: cuestion de enfoques

Y ya perdonenme la vida, a pregunta incompleta respuesta igual.

Saludos a todos
 
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Ramusa
Subteniente

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21/Jul/10 09:55
Re: ¿Los intereses para IETU son exentos o no gravados?

Buenos dias,


Bueno al parecer, solo a algunos intereso el caso, me llama poderosamente la atencion, que quien inicio este foro no aparezca para aclarar, la exposicion de la duda, para asi efectivamente poder ser mas objetivo en la respuesta

Si estaria muy bien que el autor definiera el concepto de los intereses, para poder cerrar el topico,

Aunque si bien, generalize al respecto al concepto intereses, solo si estos forman parte del precio, de enajenacion de algun bien o servicio, si serian objeto

Totalmente de acuerdo,


aunque difiero de quien los menciona en cuanto a la intermediacion financiera, ya que el tratamiento es el de MARGEN DE INTERMEDIACION FINANCIERA, (esta se asimila como prestacion de servicios) que aunque como dicen: cuestion de enfoques


Bueno el que los menciona soy yo, por lo que me toca dar el fundamento, leyo compañero Ramusa la fraccion II del art. 3 de la LIETU ¿? de cualquier forma la menciono:

Art. 3 DEFINICION DE CONCEPTOS

Fracc. II MARGEN DE INTERMEDIACION FINANCIERA... Por margen de intermediacion financiera, la cantidad que se obtenga de disminuir a los intereses devengados a favor del contribuyente, los intereses devengados a su cargo.

y mas adelantito...

INTERESES... para efectos de esta fraccion, se considern intereses aquellos considerados como tales en la ley del ISR.

Art. 9 LISR CONCEPTO DE INTERESES...

PARA LOS EFECTOS DE ESTA LEY, SE CONSIDERAN INTERESES, CUALQUIERA QUE SEA EL NOMBRE CON QUE SE LES DESIGNE, A LOS RENDIMIENTOS DE CREDITOS DE CUALQUIER CLASE. SE ENTIENDE QUE, ENTRE OTROS, SON INTERESES: LOS RENDIMIENTOS DE LA DEUDA PUBLICA, DE LOS BONOS U OBLIGACIONES, INCLUYENDO DESCUENTOS, PRIMAS Y PREMIOS; LOS PREMIOS DE REPORTOS O DE PRESTAMOS DE VALORES; EL MONTO DE LAS COMISIONES QUE CORRESPONDAN CON MOTIVO DE APERTURA O GARANTIA DE CREDITOS; EL MONTO DE LAS CONTRAPRESTACIONES CORRESPONDIENTES A LA ACEPTACION DE UN AVAL, DEL OTORGAMIENTO DE UNA GARANTIA O DE LA RESPONSABILIDAD DE CUALQUIER CLASE, EXCEPTO CUANDO DICHAS CONTRAPRESTACIONES DEBAN HACERSE A INSTITUCIONES DE SEGUROS O FIANZAS; LA GANANCIA EN LA ENAJENACION DE BONOS, VALORES Y OTROS TITULOS DE CREDITO, SIEMPRE QUE SEAN DE LOS QUE SE COLOCAN ENTRE EL GRAN PUBLICO INVERSIONISTA, CONFORME A LAS REGLAS GENERALES QUE AL EFECTO EXPIDA EL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA.



Definicion de interes:


interés.

(Del lat. interesse, importar).


1. m. Provecho, utilidad, ganancia.

2. m. Valor de algo.

3. m. Lucro producido por el capital.

4. m. Inclinación del ánimo hacia un objeto, una persona, una narración, etc.

5. m. pl. bienes.

6. m. pl. Conveniencia o beneficio en el orden moral o material.


Intereses son intereses, lo unico que hace el legislador es cambiarles el nombre a margen de intermediacion financiera, este margen no es mas que el resultado de comparar intereses a favor vs intereses a cargo,

Ahora hablando de una SOFOM como menciona por ahi JOEGON, los ingresos base de esta son los intereses cobrados por los prestamos otorgados, asi mismo, las deducciones son los intereses pagados para hacerse de dinero y canalizar este a prestamos,

El resultado de estas operaciones es la utilidad o perdida, que la LIETU llama MIF, sin embargo la misma LIETU establece que intereses son los mencionados en el art. 9 de la LISR... esta a su vez menciona que no importa el nombre que se les de, siguen siendo intereses,


Por lo que si bien, los intereses no son objeto de la LIETU, se entiende que existe una salvedad a esto, cuando dichos intereses formen parte del precio, o cuando sean devengados a favor o cargo de una institucion integrante del sistema financiero, la cual debera acumular o deducir solamente el MIF (dif, entre intereses a favor e intereses a cargo),

A diferencia de la LISR, que debe de acumular/deducir intereses sin disminucion alguna,


Que a fin de cuentas llegariamos a lo mismo,


Bueno ese es mi enfoque, sin embargo sigo respetando el suyo,


salu2
 
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goldeneye
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