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30/Jun/10 11:55
DEVOLUCIÓN DE IDE MENSUAL SIN DICTAMEN DE CPR

Para la Devolución Mensual de IDE una vez 'agotadas' los procedimientos de Acreditamiento y Compensación, ésta puede solicitarse sin Dictamen de Contador Público Registrado.

Lo anterior de acuerdo a lo siguiente:


DECRETO por el que se otorgan facilidades administrativas en materia de simplificación tributaria.

Publicado hoy 30 de Junio 2010.

ARTÍCULO CUARTO.- Los contribuyentes que de conformidad con lo establecido en el artículo 8, cuarto párrafo de la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo, soliciten la devolución de la diferencia de dicho impuesto que resulte después de aplicar los procedimientos de acreditamiento y compensación a que se refieren los tres primeros párrafos del mencionado artículo, podrán optar por no presentar el dictamen a que se refiere el cuarto párrafo del artículo citado, siempre que presenten la información en los plazos y medios que, mediante reglas de carácter general, establezca el Servicio de Administración Tributaria.

Igualmente que para el Listado del IETU, habrá que esperar las 'Reglas del Juego'




Saludos
 
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CHAVALON
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30/Jun/10 12:00
Re: DEVOLUCIÓN DE IDE MENSUAL SIN DICTAMEN DE CPR

Pues si mi estimado...pero las hubieran publicado de una vez en el decreto...pero en fin...a esperar...



saludos
 
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