11/Jun/10 13:52
PERDIDA APLICAR CREDITO DE IETU
Hola Foristas
La empresa tuvo un crédito fiscal en el IETU en el año 2008, por erogaciones mayores a los ingresos, por más de 2 millones.(Compra de un edificio)
Al presentar la declaración del año 2009, por las prisas, se presento la declaración con errores.
Uno de ellos, es que salio con un pago de + o -$500,000.00 de ISR; después de aplicar el IDE, pagos provisionales de ISR y el ISR reetenido por bancos, se efectúo el pago.
No se aplico contra el isr a pagar el crédito de IETU, del 2008, que el año 2009, se permite.
Se presento la declaración complementaria, subsanando el error y quedando por lógica un saldo a favor de isr.
Es punto fino que planteo es el siguiente:
El artículo 6 del CFF, en su último parráfo señala 'Cuando las disposiciones fiscales establezcan opciones a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o para determinar las contribuciones a su cargo, la elegida por el contribuyente no podrá variarla respecto al mismo ejercicio'
1.- El no aplicar en el anexo I del formato de la declaracción normal, en el renglon CREDITO FISCAL IETU POR DEDUCCIONES MAYORES A LOS INGRESOS. ¿Se considera una opción de aplicarlo o no?
2.- Si la respuesta es sí, implica que se perdio el derecho de todo el crédito del IETU generado en el 2008. ?????? o únicamente los $ 500,000.00
3.- El dicatminador, en su dictamen, esta considerando el CREDITO FISCAL antes referido.
LA AUTORIDAD, con base en el argumento del artículo 6 último párrafo, puede rechazar (ya que que puede) la deducción de la declaración complementaria y objetar el dictamen.
Oh, Oh, ya estoy viendo moros con tranchete. El punto fundamental es si la aplicación del credito fiscal del IETU, es una opción o no.
Saludos
José Iñesta