10/Jun/10 13:26
IDE DE DICIEMBRE RETENIDO Y COMPENSADO EN ENERO
En Enero 2010 me retienen IDE, mismo que según las constancias corresponde a Diciembre 2009.
Y opté por tomarlo como de Enero y lo compensé contra el IVA de dicho mes
El SAT me rechaza la compensación argumentando que el periodo de recaudación de dicho IDE es Diciembre del 2009, a pesar de que el Banco lo recaudó hasta Enero (Les anexamos tanto constancia como movimientos del banco)
La LIDE obliga al banco a retener el día último, pero la regla I.11.12 les permite hacerlo en el mes siguiente. Y la Regla I.11.24 nos dice que
PODEMOS considerar que el IDE fué recaudado en el mes aún y cuando se haya recaudado al mes siguiente, pero no veo qué me
OBLIGUE a considerarlo en el mes en el que el BANCO debió hacerlo conforme a Ley.
No es nuestra culpa que el IDE lo recauden hasta el otro mes, pero el SAT toma esto como excusa para rechazar la compensación y hacernos perder tiempo. ¿Qué piensan ustedes?, ¿O hay otro argumento que pudiera estar omitiendo?
Apreciaré sus comentarios antes de ir al SAT.
Saludos!!
'...Sobre poco has sido fiel; Sobre mucho te pondré...' Mateo 25:21