27/Abr/10 16:11
Acreditamiento de ISR vs IETU
Hola buenos dias a todos
estoy en una declaracion de PF con actividad empresarial
en el ISR del ejercicio me salio Cero a pagar, pero como tuvo pagos provisionales tengo ISR a Favor por 20,000.
, mi duda consiste en que el declarasat en el apartado de acreditamientos del IETU me pide el ISR del ejercicio y no se si poner los 20 mil de ISR que estuve acreditando en pagos provisionales de IETU o CERO que es realmente mi ISR del ejercicio
En num seria asi
IETU a cargo 30,000
ISR del Ejerc 20,000 ?
IETU pagos prov 40,000
IETU a favor ?????
muchas grax por su tiempo
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BATISTA
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27/Abr/10 16:20
Re: Acreditamiento de ISR vs IETU
en el ISR del ejercicio me salio Cero a pagar, pero como tuvo pagos provisionales tengo ISR a Favor por 20,000.
, mi duda consiste en que el declarasat en el apartado de acreditamientos del IETU me pide el ISR del ejercicio y no se si poner los 20 mil de ISR que estuve acreditando en pagos provisionales de IETU o CERO que es realmente mi ISR del ejercicio
En acreditamiento IETU se anota $0.00 ISR del ejercicio
En num seria asi
IETU a cargo 30,000
ISR del Ejerc 20,000 a FAVOR
IETU pagos prov 40,000
IETU a favor 10,000
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vabdo
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27/Abr/10 17:01
Re: Acreditamiento de ISR vs IETU
Muchas gracias
me surgio la duda por q ese ISR si me lo estaba acreditanto en pagos provisionales pero en el momento de hacer el vaciado al declarasat vi que decia ISR del Ejercicio y no ISR efectivamente pagado
gracias CP
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BATISTA
Capitán Segundo
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27/Abr/10 17:42
Re: Acreditamiento de ISR vs IETU
BATISTA:
¡¡ Bienvenido (a) !!!
.....decia ISR del Ejercicio y no ISR efectivamente pagado
La realidad es que debe cumplirse con ambos requisitos y esto es lo que ocasiona las confusiones, esto es:
El ISR del Ejercicio es el calculado mediante el Art. 177 LISR, pero debe estar EFECTIVAMENTE PAGADO.
Los únicos PAGOS EFECTIVAMENTE EFECTUADOS en el Ejercicio, son:
.-Pagos provisionales de ISR efectuados
.-Retenciones que le efectuaron al Contribuyente y
.-Compensaciones efectuadas Vs. el ISR durante el Ejercicio.
El Art. 8 de LIETU es muy claro al respecto:
LIETU
Artículo 8…………
2º. Párrafo:
Contra la diferencia que se obtenga conforme al párrafo anterior, se podrá acreditar la cantidad que se determine en los términos del penúltimo párrafo de este artículo y una cantidad equivalente al impuesto sobre la renta propio del ejercicio, del mismo ejercicio, hasta por el monto de dicha diferencia. El resultado obtenido será el monto del impuesto empresarial a tasa única del ejercicio a cargo del contribuyente conforme a esta Ley.
5º. Párrafo:
El impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, será el efectivamente pagado en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos o reducciones realizadas en los términos de las disposiciones fiscales, con excepción del acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo o cuando el pago se hubiera efectuado mediante compensación en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.
Lo que significa que dependiendo del cálculo anual, los pagos Prov. y las Retenciones, ya se encuentran 'dentro' del ISR del Ejercicio y es por ello que el Declarasat, aplica el Acreditamiento o la Compensación una vez que efectuó TODOS los cálculos incluyendo lo reportado como Pagos Prov. y Retenciones.
Saludos
Editado: Abril 27, 2010 18:15:36
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'
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CHAVALON
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27/Abr/10 21:14
Re: Acreditamiento de ISR vs IETU
Vamos a ver si pude comprender
En pagos provisionales de IETU acredito el ISR pagado , acreditado contra IDE y el compensado
pero si en mi calculo anual de ISR me resultara cero a pagar, bastaria con que hacienda me regresara o compensara ( por asi decirlo ) el ISR de pagos provisionales que se efectuaron en el año,
el acreditar en este caso en particular el ISR de pagos provisionales contra IETU seria duplicar ese saldo a favor y obtener un beneficio indebido
como quede contador?
gracias
Editado: Abril 27, 2010 21:15:07
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BATISTA
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27/Abr/10 22:46
Re: Acreditamiento de ISR vs IETU
Hola Batista, lo que debes hacer es determinar por separado el cálculo anual de cada impuesto, ISR por una parte IETU por otra, lo ùnico que acreditas contra el IETU del EJERCICIO es el ISR del EJERCICIO el que te da antes de restar pagos provisionales.
Dices que te da CERO a pagar, supongo que es por RESTAR PAGOS PROVISIONALES.
Si este fuera el caso, entonces, lo que te resta de los pagos provisionales es SALDO A FAVOR DE ISR, que puedes COMPENSAR VS IETU DEL EJERCICIO o SOLICITARLO EN DEVOLUCIÒN.
O la otra es que tengas pérdida fiscal, si este fuera el caso, entonces estaría un poco raro, solo que tus deducciones personales hubieran revertido lo que traías hasta tu pago provisional de Diciembre.
Ahora, si este fuera el caso, seguiriamos en el mismo caso, o con el mismo procedimiento, tus pagos provisionales de ISR te generan un SALDO A FAVOR DE ISR, que igualmente podrás compensar contra el IETU DEL EJERCICIO o SOLICITARLO EN DEVOLUCIÓN.
Entonces, el ejemplo del colega vabdo es exactamente como te deben quedar tus càlculos y/o tus resultados.
Fund. Art. 8 2do p. LIETU.
Saludos y espero haberte ayudado.
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo
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ngm
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28/Abr/10 09:03
Re: Acreditamiento de ISR vs IETU
ok comprendido
y como no me di a entender con respecto al saldo a favor de ISR es asi
ISR del ejercicio 0 ( por que resulto perdida )
ISR pagos provisionales 20,000
ISR a favor 20,000
Contra IETU seria asi
IETU a cargo 30,000
ISR del ejercicio 0
IETU pag provi 40000
IETU a favor 10,000
aunq como comentaba en mi listado de IETU de Diciembre lo mande asi
IETU a cargo 30,000
ISR acreditado efec pag 20,000
IETU pagos prov 40,000
IETU a pagar 0
gracias a todos buen dia
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BATISTA
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28/Abr/10 12:58
Re: Acreditamiento de ISR vs IETU
BUENAS TARDES....
Y EN EL SUPUESTO QUE TENGA ISR DEL EJERCICIO POR EJEMPLO DE 10,000.00 PESOS, Y MIS PAGOS PROVISIONALES DEL AÑO FUERON POR LA MISMA CANTIDAD, PERO ESTOS LOS ACREDITE CONTRA SUBSIDIO PARA EL EMPLEO, NO ENTRARIAN COMO EFECTIVAMENTE PAGADOS, QUE PONDRIA EN EL RUBRO DE ISR DEL PROPIO DEL EJERCICIO, ME PUEDO ACREDITAR EL ISR PARA IETU AUN NO ESTE EFECTIVAMENTE PAGADO O TENDRIA QUE PONER CERO?
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educanca
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28/Abr/10 13:54
Re: Acreditamiento de ISR vs IETU
PERO ESTOS LOS ACREDITE CONTRA SUBSIDIO PARA EL EMPLEO, NO ENTRARIAN COMO EFECTIVAMENTE PAGADOS, QUE PONDRIA EN EL RUBRO DE ISR DEL PROPIO DEL EJERCICIO, ME PUEDO ACREDITAR EL ISR PARA IETU AUN NO ESTE EFECTIVAMENTE PAGADO O TENDRIA QUE PONER CERO?
NO
Porque como comentas no fue efectivamente pagado
Saludos
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vabdo
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28/Abr/10 17:10
Re: Acreditamiento de ISR vs IETU
Gracias vabdo....
Debo entender entonces que en el rubro de ISR propio del ejercio en el apartado de IETU debo poner cero.....
Por lo cual me surge otra duda, si en el caso del art 8 parrafo 8 tengo de igual manera ingresos por salarios, en mi actividad empresarial entere mis pagos provisionales acreditados contra subsidio al empleo, entonces entederia que no debo poner nada en el renglon de ISR propio del ejercicio, en la parte proporcional que me corresponde por mis ingresos acumulables por la actividad empresarial?
gracias
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