Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
02/Mar/10 20:46
devolución ingreso por venta de otro ejercicio

Hola buenas noches amigos del foro,

Quisiera que me dieran su opinión acerca de lo siguiente:

En julio de 2008 emitimos una factura por un total de 80,000 que fue liquidada en su totalidad por el cliente, de ese trabajo sólo aplicamos 50,000, el cliente dijo que posteriormente continuaríamos con el proyecto, ahora en 2010 el cliente nos dice que siempre no, y que le devolvamos los 30,000 que él tiene a favor.

Sin embargo de ese ingreso ya se hicieron todos los pagos (provisionales, anual, etc) mi duda es, ahora para hacer esta devolución, ¿puedo basarme en lo siguiente para respaldar el cheque que emita para la devolverle su dinero?

Art. 29 LISR : Deducciones Autorizadas

Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:
I. Las devoluciones que se reciban o los descuentos o bonificaciones que se hagan en el ejercicio.

Art. 26 RISR: Devoluciones, descuentos o bonificaciones después del segundo mes del cierre del ejercicio
Tratándose de devoluciones, descuentos o bonificaciones que se efectúen con posterioridad al segundo mes del cierre del ejercicio en el cual se acumuló el ingreso o se efectuó la deducción por adquisiciones, los contribuyentes podrán
I. Restar para los efectos de la fracción I del artículo 29 de la Ley, el total de las devoluciones, descuentos o bonificaciones, de los ingresos acumulados en el ejercicio en el que se efectúen, en lugar de hacerlo en el ejercicio en el que se acumuló el ingreso del cual derivan.

De antemano muchas gracias por sus comentarios…
 
la vida es un búsqueda incesante, y el que deja de buscar está muerto....
 
Perfil

gabyQ
Sargento Primero

Mensajes: 96
Ingresó: Mayo 21, 2009
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Mar/10 16:54
Re: devolución ingreso por venta de otro ejercicio

HOLA: gaby Q:
Cuál es la duda práctica ?
 

 
Perfil

SaúlCastroVázqz
Capitán Primero

Mensajes: 632
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Mar/10 20:14
Re: devolución ingreso por venta de otro ejercicio

Hola:

Pues deben aplicar una nota de credito en este año y regresar el dinero.

Lo que tendran derecho a causar menos IVA, por el valor de la nota de credito

En ISR en la anual deduceran esta nota de credito (del año en que se de el desembolso de la devolucion del efectivo)

Para IETU debe considerarse una deduccion. (mismo tratamiento que en ISR)

De cualquier forma solicitaria que ese cliente solicite su devolucion por escrito señalandose que prefiere que le sea reembolsado el dinero en lugar de continuar con la prestacion del servicio. Se adjuntaria copia con la nota de credito y el cheque para su devolucion.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Mar/10 20:54
Re: devolución ingreso por venta de otro ejercicio

Hola,

Gracias por sus comentarios, en sí la duda me ha quedado totalmente despejada con el comentario de Enrique, sabía que tenía que hacer nota de crédito pero no sabía si sería suficiente.

Gracias por tomarse el tiempo en leerme y comentar.
Saludos!!
:smile::smile:
 
la vida es un búsqueda incesante, y el que deja de buscar está muerto....
 
Perfil

gabyQ
Sargento Primero

Mensajes: 96
Ingresó: Mayo 21, 2009
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1