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23/Ene/10 11:15
BASE PARA EL PAGO DE IETU,

BUENOS DIAS,

LA PRESENTE CONSULTA AL FORO ES LA SIGUIENTE:

CUAL ES MI BASE PARA EL PAGO DEL IETU, CUANDO :

DETERMINO LA BASE PARA ISR , APLICANDO EL FACTOR DEL 5.8% A LOS
GASTOS QUE SE REALICEN EN LA EMPRESA. (SAFE HARBOR) ART 216-BIS

ES UNA PEQUEÑA MAQUILADORA DE 18 EMPLEADOS EN LA FRONTERA,
CON PROGRAMA INMEX.


AGRADECERIA SUS APORTACIONES A LA PRESENTE, YA QUE SE VINO EL CIERRE ANUAL, Y SI HAY QUE CORREGIR ALGUN CALCULO, ESTAMOS ATIEMPO.


GRACIAS POR SUS OPINIONES
 
CP ROBERTO VALLE COETO
 
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rovidama
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06/Abr/10 22:43
Re: BASE PARA EL PAGO DE IETU,

Alguien que maneje maquilas?, yo I don't have NPI.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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07/Abr/10 08:28
Re: BASE PARA EL PAGO DE IETU,

Buen dia,

Aplicas safe harbor ( 6.9% activo o 6.5% costos y gastos )???

a aplicas precios de transferencia ?? Fraccion I del 216-bis LISR

no me suena el 5.8% que mencionas, a menos que sea tu porcentaje de mark up

Saludos...!!!
 
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corning
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07/Abr/10 11:59
Re: BASE PARA EL PAGO DE IETU,

PERDON , SI EFECTIVAMENTE, ES EL 6.5 % DE LOS COSTOS Y GASTOS.


ADEMAS, DEBO DECIRLES, QUE TENGO UNA VISITA DOMICILIARIA POR PARTE DE AUDITORIA , LA CUAL YA INICIARON CON EL ACTA PARCIAL DE INICIO.

COMO SIEMPRE, ME PUSE A BUSCAR , Y DOCUMENTARME AL ULTIMO, Y TENGO LOS SIGUIENTES, PENDIENTES:::

1.- NO METI EL AVISO AL SAT , PARA ACOGERME AL BENEFICIO SAFE HARBOR.
2.-SI ES POSIBLE METER , AHORA , LOS AVISOS DE LOS AÑOS ANTERIORES, AUNQUE SEA EXTEMPORANEO, COMO QUIERA SE DARIAN CUENTA.
3.- LOS AUDITORES NO HAN REGRESADO, PERO LO HARAN, ALGUNO DE ESTOS DIAS, A CONCLUIR LA REVISION.
4.- POR OTRO LADO, PUEDO DETERMINAR LOS IMPUESTOS , A PARTIR DE UN COEFICIENTE DE UTIILIDAD, DEL AÑO ENTERIOR, COMO LAS PERSONAS MORALES COMUNES, SIN MENCIONAR LO DEL SAFE HARBOR, Y PRESENTARIA MIS NUMEROS, CON PAGOS EXESIVOS,

YA QUE ME ESTAN PIDIENDO LA DETERMINACION, O LAS HOJAS DE TRABAJO
DONDE INDIQUE LA MECANICA DE LOS CALCULOS.

EN FIN, ES TODO UN PROBLEMA. PERO YA ESTOY EN ESTO, Y NI MODO A SALIR LO MEJOR LIBRADO QUE SE PUEDA.-


GRACIAS POR SUS CONSEJOS Y ESTARE AL PENDIENTE..

GRACIAS
 
CP ROBERTO VALLE COETO
 
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rovidama
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07/Abr/10 13:29
Re: BASE PARA EL PAGO DE IETU,

'
CUAL ES MI BASE PARA EL PAGO DEL IETU[/color],
CUANDO :


El procedimiento para determiar la base del IETU anual sera basicamente el mismo para cualquier persona moral: Ingresos acumulables menos Deducciones autorizadas determinados en base a flujo de efectivo.

En cuanto la aplicacion del 6.5% del safe habor.
Lo unico en lo que este podria afectar sera en la acumulacion de tus ingresos de maquila, pues deberas de reflejar un ingreso ajustado que seria el mismo que determinaste para ISR (con el ajuste del safe habor) con la diferenacia de que en IETU acumularas o dejaras de acumular la diferencia que resulte entre los ingresos ajustados y los ingresos efectivamente cobrados (remesas).

Ejemplo
No.1 Cuando los ingresos facturados fueron mayores que las remesas recibidas.
Datos:
Ingresos ajustados para ISR (facturados): 80,000
Ingresos por remesas (IETU): 78,000

Se acumularan para el calculo anual de IETU los 80,000 como ingresos por prestacion de servicios pues estos incluyen los ajustes de safe harbor en los ingresos contablemente registrados (facturados).
Contablemente se reclasificaran 2,000 como ingresos no cobrados. (ingresos contables no afectos a IETU)

No.2 Cuando los Ingresos facturados son menores que las remesas recibidas

Datos:

Ingresos ajustados para ISR (facturados): $86,126,764
Ingresos por remesas (IETU): $ 86,322,211

Se acumularan como ingresos por prestacion de servivios los ingresos ajustados (86,126,764) ademas de $195,447 como un ingreso gravable para IETU no contable.

Importante mencionar que el ingreso ajustado , afecta la determinacion de tu credito de maquila, para q lo tomes en cuenta.


En cuanto al punto del escrito para acogerse al Safe Habor.

La fecha de entrega de escritos safe habor para el ejercicio 2009 vencio el 31 de Marzo, por lo que si no presentaste dicho escrito, esta opcion ya no es aplicable para tu compañia. Deberas de solicitar un estudio de precios de tranferencia para el calculo de ingresos de maquila.

No se si es posible que puedas enviar escritos extemporaneamente, a lo mejor si fue del 2009 podria ser que te lo acepten pero correrias el riesgo que despues te digan que no entro dentro de la fecha limite.
 
con la mente se educa, con la mente se vive y con la mente se come.
 
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javierogelio
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