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19/Ene/10 10:26
Duda de interpretacion

Art. 135 LISR

Asimismo, será aplicable la opción a que se refiere el artículo 134 de esta Ley cuando las personas físicas realicen actividades empresariales mediante copropiedad y siempre que la suma de los ingresos de todos los copropietarios por las actividades empresariales que realicen a través de la copropiedad, sin deducción alguna, no excedan en el ejercicio inmediato anterior de la cantidad establecida en el primer párrafo del artículo citado y siempre que el ingreso que en lo individual le corresponda a cada copropietario por dicha copropiedad, sin deducción alguna, adicionado de los intereses obtenidos y de los ingresos derivados de ventas de activos fijos propios de su actividad empresarial del mismo copropietario, en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido del límite a que se refiere el mismo artículo.

Ejemplo tengo 2 copropietarios

la suma de los 2 no puede exceder de 4,000,000

y en lo individual no pueden exceder de 4,000,000;

Entonces cuando es Copropiedad el tope (para este caso) seria 2,000,000 por cada copropietario??

Estoy en lo correcto

Gracias por sus comentarios
 
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05/Abr/10 21:45
Re: Duda de interpretacion

No necesariamente, la combinación podría ser de 3-1, 1-3, 0.5-3.5, 3.5-0-5, 2-2, etc, lo del 2-2 sería una cuestión que deberían negociarse.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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06/Abr/10 09:18
Re: Duda de interpretacion

Tiene mucha razon señor Cheque, muchas gracias por abrirme los ojos¡¡¡
 
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06/Abr/10 17:25
Re: Duda de interpretacion

Entonces cuando es Copropiedad el tope (para este caso) seria 2,000,000 por cada copropietario??


y en donde dice lo de $ 2,000,000, para empezar

Y para terminar:

y ¿en donde se dice que la copropiedad se dividiria en 50% y 50%?

¿Porque deben ser 2 copropietarios siempre?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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