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12/Nov/09 14:29
Deduccion de Terrenos

Buenas tardes,

Tengo un cliente, que esta dado de alta en el Reg de Actvs Empresariales (Reg Gral), hace unos años compro un predio el cual fracciono. En los ultimos años ha vendido unos cuantos lotes para casa habitaciòn. Mi duda es ¿tiene que darse de alta en el Reg de Ingresos por Enajenacion? o este Reg es solo para actos esporadicos. Y ¿Como puede deducir el costo del terreno? ¿Hay alguna mecanica para actulizarlo?


Gracias por sus comentarios..
 
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paolina
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12/Nov/09 15:09
Re: Deduccion de Terrenos

Paolina, mandame tu correo y te envio un texto que te guiara como hacerle. saludos....
 
LA IGNORANCIA TERMINA AL HACERNOS AMIGOS DEL CONOCIMIENTO
 
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ARMANDOCAAMAL
Sargento Primero

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12/Nov/09 16:54
Re: Deduccion de Terrenos

Gracias Armando

Mi correo es g_paolina@hotmail.com
 
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paolina
Soldado

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12/Nov/09 17:01
Re: Deduccion de Terrenos

ARMANDOCAAMAL y paolina:

Entre otras recomendaciones de Fiscalia para los mensajes, se encuentra la siguiente:

Reglas básicas para publicación de mensajes:
.....
….
3.- No solicites datos personales ni e-mails de los demás




Saludos







Editado: Noviembre 12, 2009 17:03:07
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
General de Brigada

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12/Nov/09 17:32
Re: Deduccion de Terrenos

Tengo un cliente, que esta dado de alta en el Reg de Actvs Empresariales (Reg Gral), hace unos años compro un predio el cual fracciono.


¿Tenia act. empresarial cuando compro dichos predios, dedujo los gastos por fraccionar?

En los ultimos años ha vendido unos cuantos lotes para casa habitaciòn. Mi duda es ¿tiene que darse de alta en el Reg de Ingresos por Enajenacion? o este Reg es solo para actos esporadicos. Y ¿Como puede deducir el costo del terreno? ¿Hay alguna mecanica para actulizarlo?


¿Cómo ha pagado los impuestos que se han generado con las ventas?....seguramente mediante el cálculo del pago provisional que realiza el notario ¿verdad?..por ello te calculan el impto. con la mecánica marcada en 'ingresos por enajenación de bienes'....y como bien dices, este es para 'regular' aquellas operacione no 'habituales' de las PF.....sobre la 'deducción y actualización' del terreno en dicha mecánica se encuentra el tratamiento.....

Editado: Noviembre 12, 2009 17:33:21
 
Yo solo se que no he pagado, ni pagaré...a mi que el gobierno me pague el suport.
 
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BR2
Capitán Segundo

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12/Nov/09 19:10
Re: Deduccion de Terrenos

¿Tenia act. empresarial cuando compro dichos predios, dedujo los gastos por fraccionar?

Si, dedujo los gastos por fraccionar en el ejercicio en el que los pago. Los predios los compro hace 30 años. Los terrenos no los ha deducido en ninguna de las operaciones de venta que ha realizado.

¿Cómo ha pagado los impuestos que se han generado con las ventas?....seguramente mediante el cálculo del pago provisional que realiza el notario ¿verdad?..por ello te calculan el impto. con la mecánica marcada en 'ingresos por enajenación de bienes'....y como bien dices, este es para 'regular' aquellas operacione no 'habituales' de las PF.....sobre la 'deducción y actualización' del terreno en dicha mecánica se encuentra el tratamiento....

Este contribuyente tiene ademas ingresos por arrendamiento y el calculo del pago provisional se hace acumulando los dos ingresos. El notario no realiza ninguna retencion por concepto de ISR por Enajenacion de Bienes.

La Venta de Terrenos seria su 'actividad empresarial', por lo tanto es una actividad habitual. Entonces no se como se debe deducir el terreno, si es al costo de adquisicion o se actualiza.

En el Art. 151 LISR menciona una mecanica para actualizar los bienes que se enajenan (terrenos), pero este articulo del Reg. de Ingresos por Enajenacion de Bienes, por lo cual no lo podria aplicar.
 
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paolina
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12/Nov/09 20:02
Re: Deduccion de Terrenos

Mira...checate esto:


Artículo 123. Las personas físicas que obtengan ingresos por actividades empresariales o servicios profesionales, podrán efectuar las deducciones siguientes:

II................

En el caso de ingresos por enajenación de terrenos y de acciones, se estará a lo dispuesto en los artículos 21 y 24 de esta Ley, respectivamente.

Artículo 21. Para determinar la ganancia por la enajenación de terrenos, de títulos valor que representen la propiedad de bienes, excepto tratándose de mercancías, así como de materias primas, productos semiterminados o terminados, así como de otros títulos valor cuyos rendimientos no se consideran intereses en los términos del artículo 9o. de la misma, de piezas de oro o de plata que hubieran tenido el carácter de moneda nacional o extranjera y de las piezas denominadas onzas troy, los contribuyentes restarán del ingreso obtenido por su enajenación el monto original de la inversión, el cual se podrá ajustar multiplicándolo por el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes en el que se realizó la adquisición y hasta el mes inmediato anterior a aquél en el que se realice la enajenación.
Párrafo reformado DOF 01-12-2004

El ajuste a que se refiere el párrafo anterior no es aplicable para determinar la ganancia por la enajenación de acciones y certificados de depósito de bienes o de mercancías.

En el caso de bienes adquiridos con motivo de fusión o escisión de sociedades, se considerará como monto original de la inversión el valor de su adquisición por la sociedad fusionada o escindente y como fecha de adquisición la que les hubiese correspondido a estas últimas.



La duda me queda respecto a que ¿y si no tiene registrado en su contabilidad los terrenos como le hará?....digo, aunque creo que ya estan considerados dentro del patrimonio porque veo que has vendido.....¿verdad?



Editado: Noviembre 12, 2009 20:04:00Editado: Noviembre 12, 2009 20:04:57
 
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BR2
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13/Nov/09 13:34
Re: Deduccion de Terrenos

Muchas Gracias BR2.

Ya revise los articulos que mencionas y la mecanica esta muy clara.

Y si efectivamente los terrenos estan en contabilidad en la cuenta de 'Inventarios', misma de la cual son abonados al momento de realizar la venta.
 
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paolina
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13/Nov/09 14:12
Re: Deduccion de Terrenos

Muchas Gracias BR2.

Ya revise los articulos que mencionas y la mecanica esta muy clara.

Y si efectivamente los terrenos estan en contabilidad en la cuenta de 'Inventarios', misma de la cual son abonados al momento de realizar la venta.


Entonces asunto solucionado, PF deduce los terrenos actualizando el costo conforme al 21...

Un saludo!!
 
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BR2
Capitán Segundo

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04/Dic/10 20:30
Re: Deduccion de Terrenos

Hola, buenas noches... retomando este tópico me quedó la duda:

Si el contribuyente que está enajenando el terreno y la construcción es persona física con actividad empresarial, entonces el notario no está obligado a retenerle nada por concepto de ISR, ya que sería responsabilidad del contribuyente.

La retención que hace el notario como pago provisional es únicamente cuando se trata de la enajenación de bienes de conformidad con el capítulo IV de la LISR.

¿Estoy en lo correcto?


Gracias anticipadas por sus comentarios.
 
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feliperod
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