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11/Nov/09 10:55
ALTA EN EL IMSS CON SALARIO INCORRECTO

Hola buen dia, tengo un problema el dia 02 de noviembre ingrese a un trabajador ante el IMSS pero con salario de 83.03 debiendo ser 57.28 pensaba realizar una modificación de salario desde el mismo dia en que ingreso 2 o bien el 3 no se si pueda realizar algún escrito libre o corrección de otra forma, por favor si alguien me puede orientar al respecto, porque tal vez habria problema ya que es un salario inferior y aparte es jornada reducida solo labora 4 horas diarias

Gracias
 
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MEGL
Cabo

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11/Nov/09 11:46
Re: ALTA EN EL IMSS CON SALARIO INCORRECTO

Los patrones están obligados a comunicar las modificaciones del salario de sus trabajadores dentro de plazos no mayores de cinco días hábiles.

Éste es el plazo del que legalmente dispones para tal efecto, si el aviso lo presentas dentro de dicho plazo legal; la modificación surte efectos a partir de la fecha indicada en el propio aviso como fecha de cambio de salario.

Si el aviso lo presentas en forma extemporánea (fuera del tiempo legalmente establecido para ello); y la modificación es a la baja ( descendente ) ésta surtirá efectos a partir de la fecha de recepción del aviso en mención.

Las modificacione; la deberás hacer mediante el medio autorizado por el IMSS, ésto es, mediante el IDSE.

( 15 f I, 34 Y 35 LSS, 53,54 y 55 RACERF)

Conclusión, modificacion de salario a partir del 03/11/2009 mediante IDSE.
 
Millones de personas vieron una manzana caer, pero Newton fué el único que preguntó ¿ porqué... ? ( b.m.b. )
 
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AlbertoFC
Capitán Segundo

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11/Nov/09 12:03
Re: ALTA EN EL IMSS CON SALARIO INCORRECTO

Gracias por la respuesta y fundamentación.

Excelente día!!!
 
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MEGL
Cabo

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11/Nov/09 14:08
Re: ALTA EN EL IMSS CON SALARIO INCORRECTO

CORRECCION DE UN SALARIO SUPERIOR A UNO INFERIOR.

Artículo 50 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificaión de Empresas, Recaudación y Fiscalización dispone:

'Si se trata de un salario superior a uno inferior, la rectificación surtirá efectos desde la fecha de presentación de la solicitud.

No obstante lo anterior, el Instituto podrá efectuar la rectificación con la fecha manifestada en la solicitud, siempre y cuando se presente antes de realizar el pago que corresponda al mes en que se pretende surta efectos la modificación de salario y dentro de los diecisiete primeros días del mes siguiente. En este caso, el patrón deberá resarcir al Instituto, las prestaciones que este último hubiere otorgado indebidamente al trabajador.'

Conforme a lo dispuesto, para que la rectificación de un salario superior a uno inferior surta efecto a partir de la fecha manifestada por el patrón en la solicitud (un escrito libre), ésta debe ser presentada antes de realizar el pago que corresponde al mes en que surte efectos la rectificación de salario , esto es antes del diecisiete de diciembre.
 
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bsasc
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11/Nov/09 19:43
Re: ALTA EN EL IMSS CON SALARIO INCORRECTO

Hola:

Debe presentar un aviso complementario en papel (no por IDSE, vía Internet), prepare un escrito libre en donde el departamento de afiliación, se lo reciba con su reloj franqueador.

A este trámite, tambien adjunte el movimiento equivocado y en el escrito señale, el motivo por el trámite complementario.

Si logra comunicarse por teléfono en este departamento, solicite que datos e información le requerirían para su trámite. No vayan a pedirle la credencialización de la mascota y no logre llevarla en su primer vuelta.

Finalmente, el trámite se aplicará a la antiguita

¿No ha perdido su credencial patronal (la amarilla)?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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