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26/Oct/09 00:53
amparo contra multa

¿si me quiero amparar de una multa es necesario que la pague antes?
 
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manzanare
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26/Oct/09 15:56
Re: amparo contra multa

Si la pagas, ya para que te amparas, ya la consentiste, salvo que puedas demostrar que lo hiciste bajo amenza, por ejemplo, de cierre. Si ya te notificaron la multa, con eso puedes interponer el amparo correspondiente.
 
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26/Oct/09 16:10
Re: amparo contra multa

manzanare

1-. ¿ y que argumentarias en el ' amparo' de la multa si ya esta pagada?.....

2-. aguas, en caso de no pagarla y fue notificada, entonces procede a interponer el medio de defensa correspondiente y sobre todo de acuedo a la INSTANCIA que de a lugar.


saludos
 
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CPhugoocejo
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27/Oct/09 11:21
Re: amparo contra multa

Muy buenos dias

Si se paga es un acto consentido en el caso de la multa, pero puedes solitar la devolución como pago de lo indebido y sobre la contestación de la autoridad meter medios de defensa.

Bueno es lo que hizo el abogado en la empresa donde laboro.

Y al parecer hay soluciones favorables. Aunque la autoridad contesto que va a revisar nuevamente y esta persona metio un amparo contra lo estipulado por la autoridad.

Saludos espero le sea de utilidad.
 
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viajero2021
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31/Oct/09 00:52
Re: amparo contra multa

si tienes que pagar ya que antes de ampararte tienes que garantizar el interes fiscal, si ganas el amparo te regresaran lo que pagaste
 
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saky21s
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01/Nov/09 19:41
Re: amparo contra multa

hola mnzanare.

te habla tiroloco y viendo lo que te contestan los colegas, el primero esta bestia jajajaja, cmo que par que te amparas si ya pagaste la multa?, .
porimero, para que no te embarguen las sillas y el candelabro, y que te ag¡arraron de buenas y en tus 5 minutos de humanidad.
segundo- ya lo hecho pecho, y ahora si, a analizar si la multa se puede impugnar, o reducir por su monto descomunal, , para eso, te recomiendo no el amparo, sino elr ¡recurso de revocacion, ante el tribunal de justicia fiscal y administrativa que te corresponda, pues hbra que anbalizarse si procede la ulta, que te coaccionaron, y que te obligaron a pagarla so pena de que te embrgaban, ademas de ver si te notificaron legalmente, que lo dudo.
cuarto. haciendo este recurso, apoyate en un abogado o comprate cursos de defensa fiscal, op lo que escirben aqui los colegas, consiguete el ius, y naliz lo que te estn hciendo, y por supuesto que te puedes defender, pues aun cuando digan que fue un acto consentido, no por eso fue legal.
si en algo te puedo ayudar, mi correo es gerardoenlanet@msn.com.
suerte
tiroloco
 
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tiroloco
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02/Nov/09 10:26
Re: amparo contra multa

MANZANARE:

MULTA DE ...? IMSS, SAT, TESORERIA ....CONSIDERO QUE SI MENCIONAS EL ORIGEN DE LA MISMA TE PODRIAMOS DAR MEJOR APOYO..
SALUDOS CORDIALES.
 
' Donde todos piensan igual, nadie piensa mucho ' Walter Lipmann
 
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lwyzgtz
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02/Nov/09 19:59
Re: amparo contra multa

Tiroloco, ¿ Cual es el concepto de un acto de autoridad consentido??

Leo en tus respuestas que andas de 'quedabien', dando 'consejos' sin ton ni son, demostrando desconocimiento de la practica juridico-fiscal, 'consejos' que se pueden leer en cualquier revista de temas fiscales,(se nota que lees pero no le entiendes jijiji) pero, a diferencias de a como tu lo pregonas, en dichas revistas se dan los fundamentos de hecho y de derecho aplicables a casos concretos incluyendo algunas veces modelos de medios de defensa haciendo especial incapié en los agravios que pudiesen ser utilizados.

En el caso concreto de las multas, se pueden impugnar por la via de la constitucionalidad o por la via de la legalidad.

Cuando se trata d eun acto de autoridad ya consentido, se tienen que explorar otras vias de defensa, en ocasiones propiciando que la misma autoridad nos de los elementos necesarios para armar un caso, y es ahi donde me parece sumamente interesante el comentario de Viajero2021. Eso si es aportar, no pura paja como lo que tu escribes.
 
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Emprendedorfiscal
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03/Nov/09 09:48
Re: amparo contra multa

tiroloco


una pregunta.........¿ el recurso de revocacion y comprando el ius, servirian para interponer un medio de defensa ante el IMSS?..digo, porque estas generalizando algo que ni el autor del topico ha mencionado., que es...que AUTORIDAD se refiere........capiccci?





saludos
 
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CPhugoocejo
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