12/Oct/09 14:04
Re: IMPUESTO SOBRE PENSION DEL IMSS
cquiroz:
...PERO ME REFIERO A LA PENSION POR CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y CON LA LEY DE 1973.
Estoy seguro que ni siquiera leíste el Artículo que te mencioné.
Eres nuevo en el Foro, por lo que mi recomendación es que primero busques la respuesta dentro del propio Foro, si ahí no encuentras la respuesta, entonces por favor consulta los artículos o la información que amablemente te proporcionan los compañeros.
LISR 2009
Artículo 109.
No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:
III.
Las jubilaciones,
pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de i
nvalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte, c
uyo monto diario no exceda de nueve veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente.
Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título.
Para aplicar la exención sobre los conceptos a que se refiere esta fracción,
se deberá considerar la totalidad de las pensiones y de los haberes de retiro pagados al trabajador a que se refiere la misma, independientemente de quien los pague. Sobre el excedente se deberá efectuar la retención en los términos que al efecto establezca el Reglamento de esta Ley.
Como puedes observar, la LISR no exceptúa ningún tipo de Pensión.
Ánimo y a iniciar con la práctica del estudio, investigación y análisis.
Saludos
Editado: Octubre 12, 2009 14:08:03
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'