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24/Sep/09 11:53
REQUERIMIENTO AVISO COMPENSACIÓN Y MULTA¿TAMBIÉN POR COMPENSACIÓN INDEBIDA? AYUDA

Hola buenas tardes, espero todos bien por aquí, por fin puede visitar otra vez acá. Tengo el siguiente problema y francamente no veo si puede haber una solución sin pagar más, ojalá pudiesen darme su opinión o cualquier comentario se los agradecería muchísimo. En septiembre de 2007 compensé varios saldos a favor de IVA vs. ISR p. p. por un total de $ 18,158.00, sin embargo no presenté el aviso de compensación correspondiente, ahora el 11 de septiembre de 2009 se me notifica requerimiento de tal aviso dándome por supuesto un plazo de 15 días para contestarlo o bien (transcribo) “en su caso, escrito libre desistiéndose de la misma, presentando copia de la declaración complementaria en la cual cubra la cantidad compensada indebidamente con sus respectivos accesorios”. Ahora bien entiendo que deberé pagar la multa establecida en el 82 fracc. I inc. C de CFF lo cuál de hecho ya es una gran carga para mi puesto que aunque yo no soy el contribuyente, soy responsable de su contabilidad y por lo tanto de los errores y con los tres pesos y diez centavos que gano pues ya se imaginarán lo que me pesa ésta multa aún teniendo la posibilidad de la condonación de 50% y 20%. En fin que me preocupan principalmente dos cosas: revisando la compensación me doy cuenta de que la apliqué mal puesto que parte de uno de esos saldos a favor de IVA ya lo había acreditado y utilizé el remanente $ 4,200.00 en compensación en lugar de acreditarlo “hasta agotarlo”, tenía mis dudas sobre esto pero encontré el criterio del SAT que por cierto ya se me perdió, entonces definitivamente cuando presente el aviso ahora personalmente, no tengo opción con el requerimiento encima, me van a rechazar la compensación y temo que entonces me quieran cobrar multa por haberme aplicado un beneficio al que no tenía derecho hasta por el monto del mismo. Ahora bien, esto todavía no sucede pero sucederá sin lugar a dudas, sin embargo se me ocurre enviar una complementaria antes de que me rechacen lo anterior, pagando lo que me apliqué mal con accesorios, claro que el cliente dará el grito en el cielo al ver que tiene que pagar un impuesto de hace dos años porque se hicieron mal las cosas cuando seguramente no tiene contemplado ese desembolso o bien ahora en julio de 2009 generé un saldo a favor de IVA por $5,200.00 el cual ya enteré, se me ocurre utilizarlo para pagar aquella diferencia con accesorios en una complementaria pero no sé si cualquiera de las dos opciones (preferiría la segunda ya que no implica gritos) resolvería el problema ya que se supone que ya iniciaron las facultades de comprobación del SAT ¿o me equivoco?, estoy bastante perdida en cuanto a lo que debo hacer y en qué momento debo hacerlo, no quisiera cometer más y más errores y hacer el problema más grande ni para mí ni para el contribuyente. De verdad les agradeceré infinitamente cualquier sugerencia.
 
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DEFACMET
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24/Sep/09 22:22
Re: REQUERIMIENTO AVISO COMPENSACIÓN Y MULTA¿TAMBIÉN POR COMPENSACIÓN INDEBIDA? AYUDA

.... En septiembre de 2007 compensé varios saldos a favor de IVA vs. ISR p. p. por un total de $ 18,158.00, sin embargo no presenté el aviso de compensación correspondiente, ahora el 11 de septiembre de 2009 se me notifica requerimiento de tal aviso dándome por supuesto un plazo de 15 días para contestarlo o bien (transcribo) “en su caso, escrito libre desistiéndose de la misma, presentando copia de la declaración complementaria en la cual cubra la cantidad compensada indebidamente con sus respectivos accesorios”. Ahora bien entiendo que deberé pagar la multa establecida en el 82 fracc. I inc. C de CFF...

Bueno, bajo lo anterior ya murio el pez, se desobligo inapropiadamente y con esto, ya procede la multa por inclumplimiento. No este dorando la pildora.

.... lo cuál de hecho ya es una gran carga para mi puesto que aunque yo no soy el contribuyente, soy responsable de su contabilidad y por lo tanto de los errores y con los tres pesos y diez centavos que gano pues ya se imaginarán lo que me pesa ésta multa aún teniendo la posibilidad de la condonación de 50% y 20%....

Si se va a presentar una compensación, debe cobrarse de manera extra pues implica mayor trabajo, pero tambien mayor preparación. Si no puede, mejor hagase a un lado y deje a los profesionales que si puedan hacerlo que lo hagan. No le haga al mil usos, si no sabe. Queda mejor profesionalmente aceptandose las limitaciones personales.

Pero, si cobra algo extra, es que definitivamente lo vale, no tan solo porque considero que las puedo.


....En fin que me preocupan principalmente dos cosas: revisando la compensación me doy cuenta de que la apliqué mal puesto que parte de uno de esos saldos a favor de IVA ya lo había acreditado y utilizé el remanente $ 4,200.00 en compensación en lugar de acreditarlo “hasta agotarlo”...

Mal por cierto, como usted ya lo dijo. Pero, le dare la buena noticia que no ha observado. Si usted sabe que ya se acredito parte del saldo a favor.... el SAT o la SHCP no lo sabe.... Solo Usted Asi que si puede aplicarse el monto total de saldo a favor en la compensacion y no le fincarian una compensacion inapropiada.

Por otra parte, ya tapo este pozo, dejo destapado el pozo que habia tapado previamente y ahora quedaria destapado de nuevo, pero en el IVA. O paga la diferencia con una complementaria o asi se deja hasta que le apliquen una revision directa por parte la autoridad

Para efectos de la compensacion solo le piden el saldo a favor del IVA y sus soportes, no le piden que el pago provisional donde se aplico supuestamente parte de ese saldo a favor mediante acreditamiento parcial, deba estar cubierto apropiadamente. Ajustese exclusivamente a su tramite de la compensacion, pues eso es lo que le pediria en principio o de inicio la autoridad. El otro pago es para otro momento o para otra situacion.



...tenía mis dudas sobre esto pero encontré el criterio del SAT que por cierto ya se me perdió, ...

No comprendo a que criterio se refiere

entonces definitivamente cuando presente el aviso ahora personalmente, no tengo opción con el requerimiento encima, me van a rechazar la compensación y temo que entonces me quieran cobrar multa (una segunda multa) por haberme aplicado un beneficio al que no tenía derecho hasta por el monto del mismo.

Ya le exprese si tiene opciones, no se cierre a que no las tiene. Aplique el saldo completo, aun y cuando ya lo aplico en acreditamiento parcialmente. No lo informe de ese modo. Despues puede aplicar una complementaria pero para el otro pago, si asi lo juzga conveniente

Ahora bien, esto todavía no sucede pero sucederá sin lugar a dudas, sin embargo se me ocurre enviar una complementaria antes de que me rechacen lo anterior, pagando lo que me apliqué mal con accesorios, claro que el cliente dará el grito en el cielo al ver que tiene que pagar un impuesto de hace dos años porque se hicieron mal las cosas cuando seguramente no tiene contemplado ese desembolso o bien ahora en julio de 2009 generé un saldo a favor de IVA por $5,200.00 el cual ya enteré, se me ocurre utilizarlo para pagar aquella diferencia con accesorios en una complementaria pero no sé si cualquiera de las dos opciones (preferiría la segunda ya que no implica gritos) resolvería el problema ya que se supone que ya iniciaron las facultades de comprobación del SAT ¿o me equivoco?, estoy bastante perdida en cuanto a lo que debo hacer y en qué momento debo hacerlo, no quisiera cometer más y más errores y hacer el problema más grande ni para mí ni para el contribuyente. De verdad les agradeceré infinitamente cualquier sugerencia.


Solo mediante las DIOT e informativa es que se daria cuenta que se aplico inapropiadamente un acreditamiento. Pero, tambien se pueden realizar complementarias al respecto haciendole el San Ajustin... O ajustandose a la realidad. Usted juzque lo pertinente.

La otra opcion que Usted argumenta tambien es buena, la pagar en efectivo lo compensado en su totalidad.

Les generaran mayores desembolsos, pues no aprovechara la totalidad de lo compensado, pues no se acredito creo suponer el saldo a favor.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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24/Sep/09 22:30
Re: REQUERIMIENTO AVISO COMPENSACIÓN Y MULTA¿TAMBIÉN POR COMPENSACIÓN INDEBIDA? AYUDA

Compañero DEFACMET, le recomiendo que se enseñe a jugar ajedrez, barajas, pocker o domino.

Si aprende a hacerlo mas o menos bien, aprendera a ser un poco mas intuitivo de ver, lo que los demas ven de Usted.

Si llegase con los tahures, se lo comen vivo o quizas se salve pero por que lo vean tan poco atractivo a los intereses personales. Lo digo por que expresa de una diferencia de menor de $ 6,000

Pero, siga el consejo de aprender estos juegos, que le serviran a razonar en cualquier actividad de la vida.
 
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28/Sep/09 12:34
Re: REQUERIMIENTO AVISO COMPENSACIÓN Y MULTA¿TAMBIÉN POR COMPENSACIÓN INDEBIDA? AYUDA

Hola qué tal enrique9727, muchísimas gracias por tomarte el tiempo para checar mi caso y tienes toda la razón y no me sorprende ya que he seguido tus aportaciones muchas veces por acá en fiscalia y se ve que sabes de los que hablas, me quito el sombrero. Ahora veo que sí tengo opciones aunque me estaba cerrando a que no las tenía, me había bloqueado, lo que sí francamente no te capté fue lo de 'No esté dorando la píldora', como verás entiendo perfectamente que tendré que pagar la multa, no pretendo que suceda un milagro (aunque sí creo en ellos de hecho, jeje), lo que no quiero es crear un mayor problema y pagar otra multa más como se deduce desde el título pues no se a ti pero a mi no me regalan el dinero, jaja . Desafortunadamente sigo sin localizar el criterio del que hablé pero en cuanto lo haga te lo enviaré para que sepas a cuál me refiero. Al respecto de cobrar lo debido al cliente por los servicios que se le dan, eso no lo decido yo ya que sólo formo parte de un despacho como un engrane más y sin embargo si tengo total responsabilidad de las decisiones de trabajo que le afecten, eso sucede en la vida de los mortales como yo, jaja, y cuando tienes hambre pues no te puedes poner condicionante en cuanto a esto. En cuanto a hacerme a un lado y dejarle a los profesionales que sí puedan hacer este trabajo que lo hagan, pues que quieres que te diga hubiera pensado que esto puede suceder en la vida real, aunque obvio se busca que sea lo menos posible, no el pretender hacerle al mil usos sino esto de equivocarse y encima bloquearse, aunque por tu comentario veo que soy la excepción que rompe la regla, que sólo a mi me pasa eso de hoy por hoy no tener el cuadro completo, comprende que no tengo toda la experiencia del mundo como tú y por eso te agradezco aún más la molestia que te has tomado para conmigo, agradezco todas tus observaciones y sugerencias incluyendo aquellas sobre valores personales, esto último no es exactamente lo que hubiera esperado recibir en un foro fiscal y por ello lo agradezco aún más, y no tengo asomo de duda de que trataré de darme tiempo para aprender a jugar ajedrez, barajas, pocker o dominó, tal vez así logre tener la vida plena y satisfactoria que tienen los tahures, pues concuerdo en que su destreza les ayuda a razonar en cualquier actividad de su vida.
 
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DEFACMET
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