Foros


Inicio » Seguridad Social

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
18/Sep/09 12:50
Notificacion de Embargo por el Infonavit

Buenas tardes

Me pudieran orientar que se puede hacer pasa lo siguiente en el mes de Abril llego un requerimiento del Infonavit donde se notificaba el adeudo de los dos ultimos bimestres del 2008 los cuales en efecto se quedaron pendientes de pagar, es lo unico que se debe ya que el negocio se dio de baja en Febrero, como no se atendio dicho requerimiento ahora en Septiembre llega una Notificacion de Embargo por el incumplimiento del pago y me dan los 45 dias para responder, hay algun modo de llegar a un acuerdo con el Infonavit para realizar el pago ya que el negocio ya no cuenta con ingresos suficientes para pagar la deuda. O que se puede hacer para que no tenga efecto el embargo
 
Perfil

fatymty
Cabo

Mensajes: 37
Ingresó: Enero 15, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
18/Sep/09 20:59
Re: Notificacion de Embargo por el Infonavit

La situacion la han complicado pues han hecho caso omiso a las notificaciones anteriores. Quizas pensaron que por que se 'cierra' el negocio, se 'cierran' las obligaciones fiscales.

Ha de saber que las obligaciones no se cierran cuando menos en cinco años de su ultima obligacion vigente

Para salir de este problema debe aclarar su notificacion inicial, si se cuenta a entera satisfaccion, los males quizas no sean nada o muy minimos.

No se puede safar del embargo, si no demuestra el cumplimiento
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
18/Sep/09 23:30
Re: Notificacion de Embargo por el Infonavit

:neutral: Buenas noches. Afortunadamente, el infamevit tiene implementado un programa de apoyo a patrones morosos, como es su caso. Vea:

Code:
* Condonación de hasta del 100% de la multa impuesta atendiendo al mes de incorporación por los adeudos que correspondan a los bimestres comprendidos del 1º de 2005 al 6º de 2008, y se podrán regularizar atendiendo a lo siguiente:
* Autorización para cubrir las aportaciones y sus accesorios hasta en 48 parcialidades, así como los recargos generados por las amortizaciones hasta en 12 parcialidades.
* Autorización para cubrir el adeudo en parcialidades mensuales, con pagos anuales o semestrales, adecuando los mismos a la capacidad de pago del patrón deudor o a los periodos que tiene mayores ingresos.
* Condonación de cualquier gasto de ejecución distinto al 2% de las diligencias de requerimiento de pago, embargo u honorarios de intervención a caja
* Cuando se otorgue una autorización para pago en parcialidades, el patrón deudor podrá proponer la forma de garantizar el interés fiscal, la cual incluso podrá ser la que se constituya mediante obligación asumida por un tercero.

Fuente: Infonavit

Espero le sirva.

El Lic.

.Editado: Septiembre 21, 2009 21:10:27
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Sep/09 11:03
Re: Notificacion de Embargo por el Infonavit

Gracias por sus comentarios lo que se hara es ir con el infonavit y ver de que manera se pueda pagar este bimestre.

saludos
 
Perfil

fatymty
Cabo

Mensajes: 37
Ingresó: Enero 15, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1