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08/Sep/09 16:35
aviso de compensacion extemporaneo

hola:muy buenas tardes a todos, espero que puedan auxiliarme.

En el mes de Julio de 2009 se tuvo un saldo a pagar de isr (cabe mencionar que no habiamos pagado nada porque teniamos perdida desde 2007),pero lo compensamos con el ide retenido de enero a junio de 2009, mi duda es: no he presentado el aviso de compensacion, se me paso, lo podria presentar ahora, en el sat me comentan que mi compensacion es improcedentey que tendria que pagar lo que no compense en tiempo,
segun yo podria meter una complementaria de julio, para asi compensarme en tiempo, lo podre hacer ? que seralo mejor? espero´puedan asesorarme

gracias

JOSE LUIS HUIDOBRO
 
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joseluishuidobro
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08/Sep/09 20:44
Re: aviso de compensacion extemporaneo

Buenas Noches:

En mi humilde opinion te sugeriria, presentes declaracion complementaria, (que no sea por la misma cantidad, aumentale algunos pesos mas), y presenta tu aviso de compensacion en las fehas que correspondan a partir de la fecha de la complementaria


Saludos
 
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Ramusa
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08/Sep/09 22:33
Re: aviso de compensacion extemporaneo

Muchasgracias por tu comentario Ramusa, realmente es lo que queria hacer, pero lo estaba dudando mucho, sabes? es un cliente super delicado no se como se me fue a pasar, y con tu consejo siento mas seguridad en presentar este aviso, te lo agrdezco.

JOSE LUIS HUIDOBRO LOPEZ
 
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joseluishuidobro
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09/Sep/09 08:34
Re: aviso de compensacion extemporaneo

El IDE prefiero acreditarlo a PP de ISR o cualquier ISR de ese mismo mes. No dejar partidas por compensar ni por devolver. Asi se evitaria el tener que aplicar un aviso de compensacion

Si tengo perdidas no las aplico en valor que represente el IDE

O en el ultimo de los caso hasta pagaria PP ISR de mas, si fuese necesario.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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09/Sep/09 09:57
Re: aviso de compensacion extemporaneo

Bueno, efectivamente habria que analizar los pp de cada uno de los meses, para aplicar el IDE retenido en forma correcta que es:

1.- Aplicar contra PP causado propio de isr
2.- Acreditar contra retenciones de ISR.Honorarios arrto, salarios, asimilables etc.
3.- Compensar contra cualquier impuesto a cargo.
4.- Solicitar devolucion

Pero la respuesta a de, que hacer si se te paso el termino del aviso de compensacion?, es lo coemntado anteriormente.

Y lo comentado aqui, seria para analizar en forma integral el escenario completo.
 
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Ramusa
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09/Sep/09 15:49
Re: aviso de compensacion extemporaneo

Jose Luis:

'segun yo podria meter una complementaria de julio, para asi compensarme en tiempo, lo podre hacer ? que sera lo mejor?'


Hola, Jose Luis...Me llamo la atencion este topico....Fijese que eso de presentar un aviso de compensacion 'fuera' del tiempo establecido por el Art. 23 del CFF, asi como de los plazos que marca el calendario de la Regla II 2.2.7, para 'subsanar el error', por decirlo de alguna manera, se tiene que presentar una complementaria de su provisional para posteriormente entonces si, presentarla 'dentro' de los tiempos que a efecto contemplen las disposiciones fiscales....Sin embargo, hasta donde yo se, no hay una disposicion expresa que indique que para este tipo de casos asi deba hacerse, es decir, presentar complementaria y posteriormente enviar el aviso de compensacion dentro del tiempo señalado...Lo que si se que existe, es 'UN LINEAMIENTO GENERAL DEL SAT', mismo que le pueden proporcionar en las oficinas del SAT de su localidad donde informan que este es el procedimiento a seguir....

Le comento que me llamo la atencion este topico, porque justamente ahorita tenemos un caso asi, donde justamente por razones 'x' hacen falta enviarse algunos avisos de compensacion (Otros ya se enviaron pero bien fuera de tiempo) y se tenia la idea de que mientras no hubiera requerimiento de por medio, prodrian presentarse de manera 'espontanea y extemporanea' sin la necesidad de una complementaria y apoyarse en el Art. 73 del CFF....

Mi mayor sugerencia para usted es que se apegue a dicho 'lineamiento'...Es decir, presentar complementaria y posteriormente su aviso de compensacion dentro de los plazos señalados....


Salu2!!!!



Editado: Septiembre 09, 2009 15:52:21
 
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memoli
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09/Sep/09 16:05
Re: aviso de compensacion extemporaneo

Hola:

Muy buen punto memoli...


Mientras no se presente el aviso de compensacion y surta efectos ese tramite. El pago de impuestos en donde se informa de una compensacion no 'vale'. Hasta ese momento es como si no se hubiese pagado el valor compensado.

Asi que, si se hace una declaracion complementaria, es necesario que se deba aplicar recargos y actualizacion a la fecha de esta nueva compensacion.

Y asi, si baila mija con el mas feo....

Asi, le corre de nuevo el plazo de los 5 dias... del CFF


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Pero, si el aviso no ha sido requerido, y aun que sea extemporaneo, no se presente esa declaracion complementaria, pero que se presente el aviso y se consiga el folio de aceptacion de este tramite, con el fin de dar por terminado y concluido el pago COMPENSADO

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Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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09/Sep/09 16:17
Re: aviso de compensacion extemporaneo

Asi es Enrique....Dicho 'lineamiento del SAT', va enfocado precisamente a que como no se le dio cumplimiento al aviso de compensacion dentro de los plazos establecidos, entonces presentar 'la respectiva complementaria con sus respectivos actualizacion y recargos'.....Nada de tontin el SAT, verdad?


Salu2 cordiales
 
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memoli
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09/Sep/09 18:01
Re: aviso de compensacion extemporaneo

MEMOLI ENRIQUE, LOS ABOGADOS QUE ESTAN CON LA FIRMA, SEÑALAN QUE EL AVISO ES UNA OBLIGACION DE FORMA PERO QUE NO DEBE ESTAR LIGADA CON LA OBLIGACION DE PAGO, DE HECHO INTERPUSIERON MEDIO DE DEFENSA

SALUDOS
 
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TAXISTA
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09/Sep/09 19:14
Re: aviso de compensacion extemporaneo

les agradezco sus comentarios a el foro, muchas gracias, asi lo hare.


Jose Luis Huidobro
 
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joseluishuidobro
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