24/Jul/09 16:39
Re: REQUERIMIENTOS DE INFONAVIT
1.- Le debieron haberle impuesto un citatorio, con una hora de recibimiento. No se hizo
2.- Al dia siguiente con quien este se dejaria el requerimiento.
3.- En su caso es como si no lo hubiese recibido
4.- Mas sin, embargo. Como ya cubrio la omision es mas sencillo atender el requerimiento
5.- LLeve los pagos correspondientes en original y copia. Ademas copias y originales de las documentaciones por incapacidades, ocasionalmente solicitan recibos de nominas o documentos donde se comprueben las asistencias.
6.- Prepare el escrito en original y dos copias conforme a los articulos 18 y 18A CFF. Quizas esto no lo comprendan las personas que lo atenderan. Pero, si llega a tener problemas de entendimiento, sera mejor dejar el escrito bajo insistencia de su parte, en conjunto con la documentacion que antes le exprese. Ademas indique en el mismo escrito cada aportacion de prueba que se presente para la determinacion de las contribuciones que le requieren
7.- Por ultimo, exprese en escrito su solicitud de que la multa sea eliminada, asi como que quede asentado que el requerimiento fue atendido a entera satisfaccion.
Puede aplicar la cancelacion por la via economica (sin el escrito) asi lo acostumbre el IMSS el INFONAVIT. Pero, se corre el riesgo que quizas, por alguna de las cosas entregadas, no pueda probar que ya las habria entregado en su oportunidad, lo que le daria manga ancha a las autoridades fincar un credito o aplicar futuras moletias. Asi que si se realiza por escrito, al ser recibido, con sello de esa dependencia y firma del personal. De tener una molestia futura ya tendra la prueba suficiente para que no sea molestado por una segunda ocasion. Dos molestias por lo mismo, no debe ser aplicable el segundo requerimiento. A menos de que se trate por circunstancias nuevas que den lugar a nuevas investigaciones.
8.- La multa no procede, pues la autoridad debe probar primero que incumplio, no debe presuponer que no cumplio de antemano y debe pasar 15 del incumplimiento a no presentar las pruebas, para poder multar. Esto se señala en el CFF
Saludos y que atienda satisfactoriamente su requerimiento
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?