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20/May/04 15:15
arrendamiento

hola, quisiera me pudieran ayudar en unas dudas que tengo voy a dar de alta una persona que va a rentar una casa habitacion y tambien rentara un local que se encuentra en dicha casa.
1.-Se que se utiliza la forma fiscal R-1 y el anexco 3 mi duda es en el anexo se pone ingresos por arrendamiento en el recuadro de casa habitacion y otros usos por que renta ademas un local o se pone la (x) en otros usos?
2.- el contrato por arrendamiento lo puede hacer uno mismo o tiene que ser elaborado por un abogado?
3.- Si saben mas sobre este regimen les agradesco me lo hagan saber.
GRACIAS DE ANTEMANO POR SUS COMENTARIOS.
QUE TENGAN UNA EXCELENTE TARDE Y BIEN VENIDOS AL NUEVO FORO
 
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mari
Cabo

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20/May/04 18:54
Re: arrendamiento

Hola mari:

Desde mi punto de vista si debes de marcar el recuadro otros usos debes recordar que por renta de casa habitacion esta exenta de iva pero para local comercial ,estarias obligada al cobro y entero de dicho IVA independientemente si el estado en el que te encuentras tenga un impuesto especial por frutos civiles .

Espero te sirvan mis comentarios
 
CRLópez
 
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carlosramon11
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20/May/04 19:25

considero que debes marcar ambos cuadros.
 
"nullum tributum sine lege"
 
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elotes
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21/May/04 0:47

Hola Mari:

Según yo, se deben marca ambos cuadros en el anexo 3, pero debes utilizar la forma R-2 indicando el aumento de obligaciones, por el IVA que causa la renta de locales comerciales, ya que la forma R-1 es para solicitar la inscripción al RFC.
Por lo que respecta al contrato lo puedes elaborar tú misma, pero tendría más formalidad y seguridad jurídica si lo elabora un Notario Público.

Ojalá te haya podido ayudar en algo, Bye.
 
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Jorge_Rocha_Vera
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21/May/04 8:55
Re: arrendamiento

COLEGA, RESPECTO AL CONTRATO NO LO VEO MUY NECESARIO QUE LO TENGA QUE ELABORAR UN ABOGADO O UN NOTARIO YA QUE LO PUEDES CONSEGUIR EN LA PAPELERIA, Y LOS NOTARIOS TE COBRAN MUY CARO, ADEMAS SOLO BASTA IR A RECEPTORIA DE RENTAS A QUE TE LO SELLEN Y PUNTO.
 
"tener la conciencia limplia es sintoma de mala memoria"
 
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cpfrailucca
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21/May/04 9:20
Re: arrendamiento

hola, estoy de acuerdo con que se marquen los dos recuadros si por algun motivo te lo rechazan considero que lo correcto es marcar el recuadro de otros y junto a la forma R-1 anexar un escrito libre redactando la situacion de que ademas de un local comercial se rentara una casa habitacion esto con la finalidad de no caer en alguna irregularidad, en cuestion del contrato lo puedes elaborar tu, pero recuerda que en un problema con el inquilino el contrato puede no contemplar algunas situaciones, una opcion es que en lugar de que te elabore el contrato un abogado o un notario lo elabore alguien que este mas familiarizado con el negocio de arrendamiento, en ocasiones algunas inmobiliarias lo realizan y no tiene por que ser tan costoso con esto podria ahorrarte un problema posterior, del regimen de arrendamiento recuerda que el iva que cobres lo enteraras a hacienda siempre y cuando no tengas iva a creditable de gastos de mantenimiento de los bienes inmuebles asi como para isr tienes una deduccion siega del 35% de los ingresos claro si aplicas esta deduccion no podras aplicar las deducciones de mantenimiento en lo que se refiere a isr, entre otras cosas como son arrendamientos de local yo te aconsejo que presentes pagos provisionales mensuales incluyendo en este el de casa habitacion esto tambien te puede ahorrar una cuantas vueltas a hacienda a cancelar requerimientos, debes de llevar un registro de ingresos y deducciones, en forma general es muy sencillo este regimen y si lees la ley del isr en el titulo IV capitulo III que es el de arrendamiento veras que es de los regimenes fiscales mas sencillos y mas claros estoy seguro que no tendras problema alguno para entender claramente los articulos.
 

 
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el_jefe
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