26/May/09 11:51
Re: ISR SALARIOS MAESTROS
Hola ortizgarza:
Usted argumenta su duda con respecto al ISR a retenerse para con ese trabajador magisterial.
La ley que le aplica es la de la LISR. Y no cualquier otra ley que se imagine. El ISR es un impuesto FEDERAL, no ESTATAL.
Aquí en NL, Oaxaca, Baja California, Yucatán, o el estado de la república mexicana que guste, se rigen por la LISR.
De conformidad al Art 31 F-IV CPEUM. Se indica que TODOS los mexicanos estamos obligados a contribuir con el gasto público de manera PROPORCIONAL y EQUITATIVAMENTE.
EQUIDAD, significa IGUAL PARA TODOS.
Una forma para validar rápidamente, si el cálculo de impuestos estuviese relativamente bien, es sacar la tasa efectiva de ISR aplicada.
Divida, el ISR/Ingresos acumulables. Donde los ingresos nominales o 'comunes', les disminuiría los ingresos que estarían exentos (Art. 109 LISR)
Esta tasa no debe superar al 28%, que es la tasa máxima del impuesto, que marca la LISR. De estar superada esa tasa, indicaría que el cálculo es erroneo.
La tasa efectiva de ISR debe ser similar, en cada período de pago. En ocasiones la tasa efectiva se incrementaria, debido a la mayor acumulacion de los ingresos a determinar su tasa de retencion correspondiente. Pues el ISR es un impuesto PROGRESIVO, busca una PROPORCIONALIDAD de cierto modo (Art 31 F-IV CPEUM). Pero su progresividad se toparia en el 28%, manifestado en la propia LISR.
Espero, haya quedado muy clara su duda.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?