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22/May/09 12:59
Contabilidad de Sueldos con Act. Empresarial y Servicios Profesionales

Hola buenos días colegas, molestándolos con una enorme duda, espero que ustedes me puedan ayudar.
Tengo un contribuyente que tiene tres actividades: actividad empresarial, servicios profesionales y sueldos

Este es cálculo anual

UTILIDAD FISCAL GRAV.ACUM.X ACT. EMPRES.Y SERV.PROF. 149,742..09
INGRESOS ACUMULABLES POR SUELDOS Y SALARIOS 133,977.00
(+) INGRESOS POR OTROS CAPÍTULOS 0.00
(=) INGRESOS ACUMULABLES NETOS 283,719.09
(-) DEDUCCIONES PERSONALES 14,897.95
(=) BASE GRAVABLE 268,821.14
=> APLICACIÓN TARIFA ART. 177 LISR
(=) ISR SEGUN TARIFA 61,116.64
(-) SUBSIDIO ACREDITABLE 23,665.61
(=) ISR ANUAL CAUSADO 37,451.03
(-) ISR ACREDITABLE (*) 43,013.96
(=) ISR A CARGO (O A FAVOR) -5,562.93


(*) ISR ACREDITABLE
RETENIDO ENTERADO TOTAL
Por salarios 25,944.00 0.00 25,944.00
Por Act Empy Serv Prof 2,131.20 14,938.76 17,069.96

28,075.20 14,938.76 43,013.96

Mi duda es la siguiente:
La contabilidad de la actividad empresarial y los servicios profesionales la tengo capturada en un sistema contable, mi duda es si también debo de integrar a la contabilidad la información de los ingresos por salarios o se debe manejar a parte, mi duda surge debido a que en el cálculo anual se determina el impuesto a cargo final de $37,451.03 descontando el ISR Acreditable de $43,013.96, queda un saldo a favor de $5,562.93, el cual voy a compensar en pagos posteriores. Si no contabilizó los ingresos por sueldos como puedo justificar este saldo a favor?
Espero haberme explicado y que me puedan ayudar con esta duda.
Saludos y muchas gracias por su atención.
 
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JOHALY
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22/May/09 18:37
Re: Contabilidad de Sueldos con Act. Empresarial y Servicios Profesionales

'[quote]Mi duda es la siguiente:
La contabilidad de la actividad empresarial y los servicios profesionales la tengo capturada en un sistema contable, mi duda es si también debo de integrar a la contabilidad la información de los ingresos por salarios o se debe manejar a parte,
NO....CHECANDO EL ART. 117 DE LA LISR DE LA 'OBLIGACION DE LOS SUJETOS POR OBTENER INGRESOS POR ESTE CAPITULO, NO INDICA QUE TENGAMOS QUE TENGAMOS QUE LLEVARLA EN UN SISTEMA CONTABLE....
mi duda surge debido a que en el cálculo anual se determina el impuesto a cargo final de $37,451.03 descontando el ISR Acreditable de $43,013.96, queda un saldo a favor de $5,562.93, el cual voy a compensar en pagos posteriores. Si no contabilizó los ingresos por sueldos como puedo justificar este saldo a favor?'[/quote]... CON LA CONSTANCIA QUE EL PATRON TE DEBIO HABER ENTREGADO, DONDE MANIFIESTA LOS INGRESOS QUE FUERON PERCIBIDOS. EL ART. 118 FIII OBLIGA A LOS PATRONES A 'PROPORCIONAR CONSTANCIAS A LOS SUBORDINADOS'..
..

Pero si tu deseas llevar un registro sobre los ingresos por sueldos para tu control interno, puedes hacerlo, nada te lo impide. Pero de entrada, la Ley no te obliga...Salvo que haya algun otro articulo que este ignorando e indique lo contrario....

Saludos!!!
 
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memoli
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22/May/09 19:28
Re: Contabilidad de Sueldos con Act. Empresarial y Servicios Profesionales

Gracias por atender mi pregunta y gracias nuevamente por tus comentarios, me deja más tranquila teniendo una segunda opinión.

Saludos y que pases un excelente fin de semana.
 
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JOHALY
Cabo

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