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13/May/09 15:52
Cambio forma de cálcular salario para jornada reducida?

Buenas tardes a todos, tengo una duda espero que me puedan orientar , traté de encontrar respuestas en las consultas ya realizadas pero la verdad no las encontré , la empresa tiene una trabajadora que laboraba en jornada normal y por alguna razón solo esta laborando dos días a la semana , sábados y domingos, a esta trabajadora se le liquido y se le dió de baja en el IMSS , posteriormente se dió de alta marcando en el idse jornada reducida ( 2 días ) y se le elaboró un nuevo contrato en donde se estipulan los dos días que trabaja ,esto se realizó así porque fue lo que nos aconsejaron en el IMSS , ahora que llegó la Emisión del IMSS esta persona aparece cotizando los 30 días completos, entonces llamé al IMSS para ver como tenía que generar el disco en el SUA, porque al marcarle la opción de jornada reducida ( 2días) el cálculo que me realiza es por los 30 días del mes, en el IMSS me dijeron para empezar que ahora tenían una nueva forma para hacer estos movimientos, que se sacaba un promedio, me dijeron que tenía que subirle el salario integrado, la señorita que me atendió multiplicaba el salario diario de la trabajadora por el factor de integracion ( 1.0452) por 17 y el resultado lo dividía entre 7 y se basaba en esta operación para decirme que tenía que subir el salario , ya que el resultado no debía ser inferior al salario de la zona geográfica por 7, ustedes saben algo al respecto? me pueden explicar porque por 17?
Saludos
 
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felicidad
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13/May/09 18:42
Re: Cambio forma de cálcular salario para jornada reducida?

Lo primero que le puedo recomendar es que ante cualquier duda sobre cotizacion o pagos no les pregunte a los del imss, muy probablemente le daran una respuesta equivocada y en contra de usted, NUNCA a su favor; Es mejor averiguar en base a la ley y sus reglamentos que es lo que procede.

En respuesta a su cuestionamiento le comento que no puede cotizar por debajo del salario minimo y tiene que cotizar todo los dias del mes, lo unico que puede hacer es ponerle faltas pero el sua maximo le aceptara siete al mes. En el reglamento viene la forma de calcular el integrado para una semana reducida, espero le sirva el comentario.

Saludos
 
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juancarm
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14/May/09 08:17
Re: Cambio forma de cálcular salario para jornada reducida?

Muchas gracias, lo tomaré en cuenta.
 
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felicidad
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14/May/09 10:55
Re: Cambio forma de cálcular salario para jornada reducida?

Hola:

Por mi parte, si preguntaría a los del IMSS. Me gusta mucho conocer la forma de pensar de los demás. Y más si ellos serían las personas probables que me revisarían. Pero, de cualquier persona que se le solicite asistencia, procuraría solicitar en qué parte, vendría lo que corresponde a mi duda. De esa forma, por iniciativa propia, se lo ratificaría mediante el análisis y el estudio correspondiente. Me cercioraría que el consejo encaja en la problemática que se tiene. A veces el error no provendria de quien aconseja, si no de uno mismo que no se sabe explicar.

Seguro llegarán nuevas dudas, pero ya serían específicas y no muy generales. Grandes pasos se habrían aventajado a las soluciones de los problemas.

Como argumenta juancarm, debo tomar con extremadas reservas cualquier indicación o recomendación, no tan sólo para con las personas del IMSS. Pues tiene razon, en ocasiones solamente se saben la tonadita y no muy bien. En otras solo repiten algo que les dijeron otros compañeros. Pero, habría también personas que si saben y lo hacen bien. De ahí, mi recomendación de solicitar los fundamentos. Así con el tiempo reconocerá a los buenos árboles que dan buena sombra.

Por lo pronto, no le mintieron en que no debe dejar un SDI menor a SDI mínimo integrado del area geográfica. Se puede corrovorar en el Art 28 LSS.

Puede consultarse las siguientes disposiciones:

Del 27 al 38 LSS = Como determinar el SDI
Los ausentismos = 31 LSS F-I
Artículo 62 del RACERF = para jornadas reducidas
Podria consultar si le sirve el Art 116 del RACERF


RACERF = REGLAMENTO DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL EN MATERIA DE AFILIACIÓN, CLASIFICACIÓN DE EMPRESAS, RECAUDACIÓN Y FISCALIZACIÓN

Espero se solucione su duda por completo y pueda realizar sus labores de manera satisfactoria de esos salarios con jornadas reducidas.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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