05/May/09 16:00
Re: PENSION
Hola:
Veamos el ejemplo de dos personas que tienen ese mal congénito que Usted argumenta.
Una de ellas, tiene un contrato laboral. Y la otra, no.
¿Usted piensa que deba ser pensionada, la persona que cuenta con su contrato?
¿Y a la otra, que le correspondería?
Díganos porqué lo piensa, así. En ambos casos.
Por mi parte, las dos personas, les tocaría NADA. No tienen derecho a pensión alguna.
Díganos sus asegunes y sus fundamentaciones al respecto. Y tiempo después, por lo menos por mi parte, le indicaré el porqué de mis ideas.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?