01/May/09 23:41
Re: PARO DE LABORES
Nop, compañero marcoperalta:
Los trabajadores no tienen derecho a sus 'salarios' si no habria laborado. NI por los dias suspendidos. Lea el 42 LFT por favor.
Unicamente tendrian derecho a ser remunerados por el 1 de Mayo y el Domingo 3 de Mayo, si es que es dia de descanso equivalente a su 7mo dia.
El resto de los dias de suspension, los trabajadores no tienen por que recibir remuneraciones, ni aunque por decreto se emita esa suspension.
Lea los otros topicos parecidos al suyo, le ayudara a comprender otros puntos de vista de los compañeros.
Para mi, ese acuerdo, NO REQUIERE DE EXPLICACION DE SERVICIOS INDISPENSABLES PARA COADYVAR EL CERCO SANITARIO. Se encuentra casi, claro ese asunto, aunque con algunas dificultades de redaccion, pero se sobrentenderia por simple logica.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?