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23/Abr/09 19:39
AVISO DE SUSTITUCION DE CPR

QUE TAL AMIGOS:

ALGUIEN ME PODRIA DECIRME SI SE ESTA EN TIEMPO DE PRESENTAR EL ESCRITO O AVISO DE SUSTITUCION DE CPR, YA QUE UNA EMPRESA QUIERE CAMBIAR DE DICTAMINADOR, PERO NOSE SI AUN SE PUEDAD PRESENTAR DICHO AVISO.

ACORDE A LA REGLA 2.9.21 DE 2002, SI SE PODRIA PUES MENCIONA COMO MAXIMO A MAS TARDAR EL ULTIMO DIA DEL MES INMEDIATO ANTERIOR AL MES A AQUEL EN QUE DEBA PRESENTARSE EL DICTAMEN FISCAL.
SERA QUE ESTA REGLITA AUN ESTA VIGENTE, O HAY ALGUNA OTRA REGLA QUE ME DE ESE POSIBILIDAD AUN.

DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS.
 
******Tranquilos que todo es correcto******
 
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jeroge
Sargento Primero

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23/Abr/09 21:11
Re: AVISO DE SUSTITUCION DE CPR

Aunque legalmente se contempla la posibilidad de sustitución de Contador Público, en la práctica no es aplicable, ya que el aviso para dictaminar que se presenta hoy en día al fisco (si es dictamen voluntario) no lleva el nombre del Contador Público que va a dictaminar, por lo que la autoridad se viene enterando de la identidad del Contador hasta el momento en que se presenta el dictamen.

Similar situación es en el dictamen obligatorio.

En conlcusión, la empresa puede cambiar tantas veces lo considere de contador público dictaminador sin necesidad de presentar el aviso de sustitución.
 

 
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Jomtz
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