[color=darkblue:fd95ee06a5][/color:fd95ee06a5] :?: AGRADEZCO SU APOYO
MI PREGUNTA ES:
EN EL EJERCICIO 2003 ME DI DE ALTA EN EL REGIMEN DE ACTIVIDAD EMPRESARIAL, SIN EMBARGO AL CONCLUIR EL EJERCICIO ME DI CUENTA QUE NO RABASO EL TOPE DE LOS 4'000,000.00 DE PESOS PARA TRIBUTAR EL REGIMEN INTERMEDIO. pUEDO HACER VALIDA ESTA OPCION EN EL EJERCICIO 2004, CUAL SERIA EL FUNDAMENTO?
ESPERO CONTAR CON SUS SUGERENCIAS, DE ANTEMANO GRACIAS
Cual opción quieres hacer válida? Acaso quieres cambiar de regimen a repeco,? cumples con el requisito del limite de ingresos de repecos? Es procedente que leas el párrafo tercero de la fracción II del art 139 de la ley de ISRque dice que no pueden ser repecos aquellos que hayan tributado como regimen intermedio, salvo ( aqui viene lo bueno aplicable a tu caso) salvo aquellos que hubieran tributado en la mencionada seccion en los dos ejercicios inmediatos anteriores y que estos hubieran comprendido el inicio de actividades y el siguiente y que sus ingresos no rebasen el limite para ser repeco. Si es así creo que sería aplicable a tu caso, aunque habria que ver, no sea que en estricto apego te digan que tendrias que tributar dos años como intermedio para estar en este supuesto, creo que lo procedente seria hacer el cambio de regimen y hacer valer este fundamento. Espero te sirva este comentario.
Para hacer el cambio de regimen para ser intermedio solo hay que presentar un R2 en aumento y disminución de obligaciones, para intermedio en este regimen si se permite hacer cambios, para repecos es muy celoso solo puedes hacerlo una vez, es decir ya no puedes ser repeco, analiza bien los beneficios de intermedio por que la forma de tributar es la misma que el regimen general de ley y tambien hay que hacer pagos al estado, cosa que no exite en el regimen general de ley.
Si no mal recuerdo hay una facilidad RMF que te permite presentar la primera declaracion del año en Regimen Intermedio y asi tributas todo el año, nada mas que no recuerdo cual es.