21/Abr/09 12:08
UTILIDAD EN ENAJENACION DE VEHICULO CON VALOR MAYOR A 175000
Buen dia
Tengo una persona Fisica que adquirio un vehiculo con un valor superior a 175000.00., dicho bien se dedujo en base al art. 42 del LISR., sin embargo este se vendio al paso de dos años de su uso y obviamente se vendio en cantidad mayor a 175000.00 mi inquietud y el motivo de la solicitud de sus opiniones es que si bien se dedujo con un tope de 175000.00 para efectos fiscales., mi utilidad fiscal producto de la enajenacion del bien se considerara en la misma proporcion de que este se dedujo?., agradeceria de antemano su opinion y sus fundamentos fiscales ya que hice uso del buscador y no me dio resultados con respecto a este caso.
Gracias de antemano