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16/Abr/09 21:05
Acreditamiento de Sueldos contra Ietu

Buenas noches a todos, tengo una duda con respecto al acreditamiento que se permite hacer en IETU por concepto de credito fiscal en materia de salarios y seguridad social, mi pregunta es si a la base que me resulta de sumar mis sueldos y salarios mas las prestaciones de seguridad social le aplico solamente el 17% y la cantidad que resulte es la que se acredita conta el impuesto a cargo en mi pago provisional o a esa cantidad que resulte se le tiene que aplicar algun otro concepto ( factor, porcentaje o dividirlos entre los numeros de meses), porque en realidad siento que si le aplico a mi base de sueldos el 17% y eso lo acredito contra mi impuesto a cargo se me hace una cantidad demasiado alta para poder disminur el pago. Gracias, saludos.
 
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victorma
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16/Abr/09 22:44
Re: Acreditamiento de Sueldos contra Ietu

victorma:

Bienvenido (a):

Tal como lo planteas así se aplica el Crédito Fiscal, asi lo establece el penúltimo párrafo del Art. 10 para pagos provisionales, con la salvedad que se incluyen solamente los INGRESOS GRAVADOS para efectos del ISR

LIETU

Artículo 10.
..
Por las erogaciones efectivamente pagadas por los contribuyentes por los conceptos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como por las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en México, los contribuyentes acreditarán la cantidad que resulte de multiplicar el monto de las aportaciones de seguridad social a su cargo pagadas en el periodo al que corresponda el pago provisional y los ingresos gravados que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta de cada persona a la que se paguen ingresos por los conceptos a que se refiere el citado Capítulo I en el mismo periodo, por el factor de 0.17. El acreditamiento a que se refiere este párrafo deberá efectuarse en los términos del tercer párrafo de este artículo.

El % yo lo modifiqué, la Ley dice 0.175.





Saludos
 
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CHAVALON
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