28/Mar/09 17:00
Re: Paro Técnico
Si están legalmente permitidos los paros técnicos. La fundamentación ya fue señalada. No hay mucho que abundar al respecto.
Lo que no esta permitido por las leyes laborales, es de que los patrones dejen de cubrir salarios o de que los disminuyan, de conformidad a los contratos laborales celebrados. Es precisamente esta causal, como una forma válida, para que por parte de los trabajadores, se les indemnice y les liquiden conforme al Art. 50 LFT.
Pero, en tiempos como los de ahora, debe de renegociarse los contratos por un período limitado, mientras se normaliza la situación económica.
Por favor, observen el contenido del Art. 51 F-IV de la LFT. Y es debido a esta causal, de que el convenio por paro técnico debe llevarse a la JCA.
Ahí es donde las autoridades darían fé pública de que las renegociaciones, son para el bien de ambas parte y la conservación de la fuente productiva.
Me permito a ponerle un modelo de convenio por paro técnico
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MODELO DE CONVENIO DE PARO TÉCNICO
H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE
en mi carácter de representante de la empresa denominada en lo sucesivo “EL PATRÓN”, personalidad que se acredita en términos del testimonio notarial número pasado ante la fe del Notario Público número de esta ciudad, licenciado y el Sindicato
representado por , personalidad que acredita en términos de la toma de nota y estatutos debidamente registrados ante esta Junta, así como la comisión de trabajadores integrada por los CC. , , , los cuales todos ellos representan los intereses de los trabajadores sindicalizados de la empresa antes señalada a quienes en lo sucesivo se les denominará como “LOS TRABAJADORES”, ante ustedes, con el debido respeto, comparecemos para exponer:
Que con esta fecha hemos celebrado convenio por paro técnico, al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.- Declaran “LOS TRABAJADORES”:
Que prestan su servicio personal subordinado para “EL PATRÓN”, de acuerdo con las antigüedades, horarios, categorías y salarios que se señalan en el anexo uno que es parte integrante de este convenio desempeñando las funciones en el domicilio ubicado en , en esta ciudad, que se ha prestado en forma habitual hasta el día de hoy.
II.- Declara “EL PATRÓN”:
En virtud de que (señalar las causas origen del paro técnico solicitadas), trayendo como resultado las modificaciones del contrato de trabajo mediante convenio bajo las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- “LAS PARTES” se reconocen mutuamente la personalidad para celebrar el presente Convenio en términos del artículo 692 de la Ley Federal del Trabajo.
SEGUNDA.- Por las razones expuestas en el apartado segundo de las “DECLARACIONES” que anteceden, y con apoyo en los artículos 33 y 57 de la Ley Federal del Trabajo, “LAS PARTES” manifiestan que han decidido establecer el paro técnico y que se hacen consistir en los siguientes movimientos: (señalar los horarios, salarios y prestaciones que se tienen así como en que consistirán las cambios que han de efectuarse) .
TERCERA.- “LAS PARTES” manifiestan que con las modificaciones expuestas podrán continuar la relación laboral, mismas que tendrán duración en el período comprendido del al .
CUARTA.- Para los efectos del presente convenio, durante el tiempo que dure el paro técnico “El Patrón” reconocerá el tiempo que dure como efectivamente laborado.
QUINTA.- Durante el tiempo de duración del paro (señalar lo que se ha de realizar respecto al otorgamiento de vacaciones o algún otro aspecto importante) .
SEXTA.- “LAS PARTES” solicitan a esa H. Junta de Conciliación y Arbitraje se sirva aprobar el presente convenio, toda vez que el mismo no es contrario a la moral ni a la ley, ni tampoco implica renuncia de derechos laborales, elevándolo a la categoría de LAUDO EJECUTORIADO, debiendo obligarse a “LAS PARTES” a estar y pasar por él en todo tiempo y lugar. Lo anterior con fundamento en los artículos 33, 982, 983 y 987 de la Ley Federal del Trabajo.
Por lo antes expuesto;
A esa H. JUNTA, atentamente pedimos se sirva:
PRIMERO.- Previa ratificación que se haga ante esa autoridad, aprobar el presente convenio.
SEGUNDO.- Se ordene a las partes a estar y pasar por él en todo tiempo y lugar, como si se tratara de un laudo ejecutoriado.
PROTESTAMOS LO NECESARIO.
a de de .
“LOS TRABAJADORES” “EL PATRÓN”
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?