27/Mar/09 15:54
determinacion de isr acreditable para ietu en pago provisionales mensuales
Persona Fisica, AEyP, venta publico, ingreso gravado para IDE Retenido x Banco.
En el caso del calculo de la determinacion del ISR ACREDITABLE para efectos de IETU, tengo la duda de cual importe tomar ya que el ART. 10 LIETU, Parr. 5, me dá una excepcion donde si acredito ISR contra IDE puedo tomarlo para acreditarlo vs. IETU, por lo que mi IETU puede verse disminuido en el pago final.
Espero ma haya explicado , necesito una o varias opiniones
Se los AGRADECERIA de gran manera.
Que tengan un buen dia.
Editado: Marzo 27, 2009 15:56:33
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27/Mar/09 17:01
Re: determinacion de isr acreditable para ietu en pago provisionales mensuales
Persona Fisica, AEyP, venta publico, ingreso gravado para IDE Retenido x Banco.
Tengo la DUDA DE:
En el caso del calculo de la determinacion del ISR ACREDITABLE para efectos de IETU, tengo la duda de cual importe tomar ya que el ART. 10 LIETU, Parr. 5, me dá una excepcion donde si acredito ISR contra IDE puedo tomarlo para acreditarlo vs. IETU, por lo que mi IETU puede verse disminuido en el pago final.
Espero me haya explicado , necesito una o varias opiniones para poder determinar si se puede o no se puede aplicar esta excepcion para IETU.
Se los AGRADECERIA de gran manera.
Que tengan un buen dia.
Editado: Marzo 27, 2009 15:56:33[/quote]
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verdinconsultores
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27/Mar/09 17:21
Re: determinacion de isr acreditable para ietu en pago provisionales mensuales
verdinconsultores:
¡ Bienvenido (a) !!!
Si tu pregunta es que si puedes acreditar el importe del ISR que acreditaste Vs. IDE la respuesta es: SI.
LIETU
Art. 10
Quinto párrafo:
El pago provisional del impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, será el efectivamente pagado, en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, así como el que le hubieren efectivamente retenido como pago provisional en los términos de las disposiciones fiscales. No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos o reducciones establecidas en los términos de las disposiciones fiscales, con excepción del acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo o cuando el pago se hubiera efectuado mediante compensación en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.
Es decir, el IDE que te retuvieron lo acreditaste Vs. P.P. de ISR, entonces ese acredtitamiento se considera como ISR efectivamente pagado.
Espero que esa sea tu duda
Saludos
Editado: Marzo 27, 2009 17:49:12
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'
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CHAVALON
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30/Mar/09 10:57
Re: determinacion de isr acreditable para ietu en pago provisionales mensuales
gracias ¡¡¡¡¡¡ M I L ¡¡¡¡¡¡
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verdinconsultores
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30/Mar/09 11:00
Re: determinacion de isr acreditable para ietu en pago provisionales mensuales
perfectamente esa era mi duda no sabia si se podia hacer ya que en el SAT siempre que hablaba me decian que solamente el ISR. Efvate, pagado era que solo podia acreditar. y la verdad nunca entendieron mi pregunta GRACIAS. POR TODO ¡¡¡¡¡¡ M I L ¡¡¡¡¡
ESTEREMOS EN CONTACTO.
SALUDOS TENGAS UN BUEN PERO MUY BUEN AÑO-.
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verdinconsultores
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