24/Mar/09 22:05
Hola que tal compañeros aquí molestandolos con sus valiosos comentarios y como me gusta ir al grano expongo lo siguiente:
Me llega un nuevo cliente dedicado ala cria y engorda de pollo, bien entonces checo su expediente fiscal cual va siendo mi sorpresa que desde el año 2006 NO HAY NINGUN aviso en cero o pago de ISR bien me dedico a estudiar este sector y encuentro que sus pagos provicionales son semestrales (correcto) sigamos pues entonces lo mando al SAT a actualizar su ciec y ya ven que le dan a uno su guia de obligaciones fiscales y pues ahi me puse amarilla resulta que no esta marcada esa obligacion ni mensual ni semestral unicamente ANUAL bien para finalizar le pregunto a una amiga que trabaja en el sat y checo su base de datos y me dice es que creo si escogio desde un principio anual así se queda es decir sin pagos provicionales y mi gran pregunta es YA CHEQUE POR TODOS LOS ARTS y POR FACILIDADES ADMINISTRATIVAS QUE ES LA QUE APLICA Y yo no encuentro dicha facilidad ha y para complementar en su constancia de registro al RFC tambien la marca anual y no semestral.
Y es que lo que me incomoda es no saber donde esta semejante fundamento, si me pueden ahorrar una ida al SAT se los agradezco.
La verdad de la vida son las relaciones con las personas lo que da valor y sentido a la vida.......
|
karinacastro
Capitán Segundo
Mensajes:
449
Ingresó:
Diciembre 15, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
25/Mar/09 12:35
Re: SECTOR PRIMARIO
Al momento del alta, dijo 'mis ingresos NO rebasan los 40 salarios minimos'.
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
|
vabdo
General de Brigada
Mensajes:
7573
Ingresó:
Agosto 22, 2005
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
25/Mar/09 13:41
Re: SECTOR PRIMARIO
Así es por?
La verdad de la vida son las relaciones con las personas lo que da valor y sentido a la vida.......
|
karinacastro
Capitán Segundo
Mensajes:
449
Ingresó:
Diciembre 15, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
25/Mar/09 16:27
Re: SECTOR PRIMARIO
Hola karinacastro
Anteriormente la obligacion para ese sector de contribuyentes.(que no tienen empleados)
Al momento de darse de alta le marcaban ISR ANUAL y en IVA EXENTO.
Esto para darle mas facilidades (unicamente presenta una declaracion al año).
Al momento de cambiar actividad de IVA GRAVADO, Le aumentaban las obligaciones de ISR semestral, --presentando el aviso--; de acuerdo a las facilidades (que cambiaron a partir del 2006).
Conozco contribuyentes, que al cambiar a IVA GRAVADO (para poder recuperar el iva a favor), le cambiaban y aumentaban sus obligaciones.
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
|
vabdo
General de Brigada
Mensajes:
7573
Ingresó:
Agosto 22, 2005
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
25/Mar/09 18:53
Re: SECTOR PRIMARIO
Muchas gracias vabdo me queda mas clara la situación.
La verdad de la vida son las relaciones con las personas lo que da valor y sentido a la vida.......
|
karinacastro
Capitán Segundo
Mensajes:
449
Ingresó:
Diciembre 15, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
25/Mar/09 23:22
Re: SECTOR PRIMARIO
karinacastro:
Es correcto lo señalado por vabdo, en cuanto a que si el Contribuyente en cuestión no rebasa los 40 Salarios Mínimos, pudo apegarse a lo que señala el Decreto de Facilidades Administrartivas 2008-2009:
No obligación de las personas físicas exentas del ISR
1.8.Los contribuyentes personas físicas dedicadas a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Título IV, Capítulo II, Secciones I o II de la Ley del ISR, cuyos ingresos en el ejercicio no excedan de un monto equivalente a 40 veces el salario mínimo general de su área geográfica elevado al año y que no tengan la obligación de presentar declaraciones periódicas, se podrán inscribir en el RFC a través de los adquirentes de sus productos, para lo cual deberán proporcionar a dichos adquirentes los siguientes datos:
A.Nombre.
B.CURP.
C.Actividad que realizan.
D.Domicilio fiscal.
Asimismo, las personas físicas a que se refiere el párrafo anterior, que se encuentren inscritas en el RFC, no estarán obligadas a presentar declaraciones de pago provisional y anual del ISR por los ingresos propios de su actividad, incluyendo las declaraciones de información por las cuales no se realiza el pago.
Saludos
Editado: Marzo 25, 2009 23:24:07
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'
|
CHAVALON
General de Brigada
Mensajes:
5795
Ingresó:
Abril 03, 2005
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
26/Mar/09 11:49
Re: SECTOR PRIMARIO
Pues si rebasa los 40 s.m. elevados al año desde el 2007 entonces porque la autoridad no le ha requerido pagos prov. del 2008 porque eso fue lo q me salto a la vista puedo seguirlo haciendo aunque bueno la ley es claro al respecto?
La verdad de la vida son las relaciones con las personas lo que da valor y sentido a la vida.......
|
karinacastro
Capitán Segundo
Mensajes:
449
Ingresó:
Diciembre 15, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
|