tengo una duda cuando una persona se jubila por incapacidad permanente total pero no por enfermedad profesional y tiene un credito de infonavit podra liberarse del pago de su casa.Editado: Marzo 18, 2009 23:34:01
Hola Gabo: Qué raro le ves a la pregunta que les hizo el maestro a estos alumnos??
Jubilacion por incapacidad permamente??? es decir el trabajador se retiro por que tenia una incapacidadad??? tiene razon lic, suena raro que una jubilacion sea por ese motivo, no sera que tenemos la confusion eterna en los concepto jubilacion con la obtencion de la pension???
ricardohr79
El credito conyugal son dos deudas Titular y cotitular, segun sea el caso si se presenta alguna de las razones ya comentadas se podria ver la liberacion del adeudo solo por el la deuda del acreditado que se presento el caso, esto es, si es el titular el que presenta alguna problematica seria solo a el quien se le podria liberar del adeudo
Si existe duda a lo referido por lcgabrielaranda. Asístase del Art. 51 del LINFONAVIT, por favor.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?