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17/Mar/09 19:37
Préstamos > 600mil vía transferencia ¿se declaran?

Pues aunque parezca boba la pregunta, muchos tienen ese tipo de dudas...el SAT emite la siguiente resolución:

FECHA: 30 - Enero - 2009

TEMA: Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)

SUBTEMA: Ingresos Acumulables

ANTECEDENTES:

Que recibió mediante transferencia electrónica de fondos por concepto de préstamo, bajo el amparo de un contrato de préstamo mercantil así como los convenios modificatorios al mismo y de un convenio de disposición y pago. Que el artículo 86-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece la obligación a los contribuyentes de informar a las autoridades fiscales de préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital y aumentos de capital que reciban en efectivo mayores a $600,000.00. Que la contribuyente en el transcurso normal de sus operaciones recibe préstamos superiores a $600,000.00 mediante transferencia electrónica de fondos. Por lo anterior se solicita se confirme el criterio en el sentido de que no se deberá informar a la autoridad por préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital y aumentos de capital mayores a $600,000.00 que reciba mediante transferencia electrónica de fondos o cheque, de conformidad con lo señalado en el artículo 86-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

CONSIDERANDOS:

Los artículos 20, fracción XII y 86-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta señalan: (Se transcriben) Asimismo, la regla II.3.1.4., primer párrafo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2008 vigente dispone: (Se transcribe) De los preceptos legales transcritos, se desprende la obligación de los contribuyentes de informar a las autoridades fiscales de las cantidades que reciban en efectivo mayores a $600,000.00, por concepto de préstamos aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital, así como de considerar dichas cantidades recibidas en efectivo como acumulables al no cumplirse lo previsto por el artículo 86-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta. En ese orden de ideas, es de notar que las disposiciones antes referidas hacen mención a la palabra efectivo, sin que en ningún apartado de las mismas incluyan la dilucidación de dicho término, por lo que resulta necesario en apoyo a la presente, citar la definición de la expresión efectivo del Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española que a la letra dice: “Efectivo: dicho del dinero en moneda o billetes.” De lo anterior, no se desprende que las transferencias electrónicas o los cheques se consideren efectivo. Por tal razón, resulta claro que por los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital mayores a $600,000.00 que se reciban mediante transferencia electrónica de fondos o cheques no se está obligado a presentar el informe a que se refiere el artículo 86-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, toda vez que para encontrarse en el supuesto de dicho artículo, los préstamos, las aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital deben ser recibidos en efectivo, no consideradas como tales las transferencias electrónicas ni los cheques.

RESOLUTIVO:

Único. Se confirma el criterio en el sentido de que no deberá informar a la autoridad por préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital y aumentos de capital mayores a $600,000.00 que reciba mediante transferencia electrónica de fondos o cheque, de conformidad con lo señalado en el artículo 86-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Nota: Resolución emitida conforme a las disposiciones fiscales vigentes en 2009.

 
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Bruno
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17/Mar/09 19:27
Re: Préstamos > 600mil vía transferencia ¿se declaran?

asi es, .................y pq consideramos que la reitera ?...............porque POR MEDIO DE MANEJOS BANCARIOS ELECTRONICOS, SE CONTROLA 'ABSOLUTAMENTE' LA LANA


SALUDOS Y GRACIAS POR TU INFORMACION
 
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17/Mar/09 20:34
Re: Préstamos > 600mil vía transferencia ¿se declaran?

RECORDEMOS ADEMAS QUE MUCHOS ENFATIZAMOS LA PALABRA 'EFECTIVO', ......Y ESTRICTAMENTE LA APLICABAMOS, .....SOLO EN EFECTIVO SE DECLARA..

SALUDOS
 
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17/Mar/09 20:41
Re: Préstamos > 600mil vía transferencia ¿se declaran?

y pues para que declararlos...si ya el banco tiene bien controlada la informacion de adonde van a aparar esas transferencias y cheques...


saludos

gracias por la informacion
 
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17/Mar/09 23:08
Re: Préstamos > 600mil vía transferencia ¿se declaran?

La autoridad esta tramando algo, si no lo ha llevado acabo quiza es mas que nada porque le hace falta personal, o es como cuando uno no quiere captar mas clientes en el despacho porque apenas puedo uno con lo que tiene.....¿o serà quiza que si agarra a todos los que estan haciendo cosas indebidas (evadiendo) son tantos y generan tantos empleos que estan enviando mensajes con tanta medida contra las operaciones en efectivo?...tarde o temprano lo sabremos...
 
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17/Mar/09 23:54
Re: Préstamos > 600mil vía transferencia ¿se declaran?

Mi estimado Bruno:

En el mes de Diciembre 2008 el SAT publicó en su página lo siguiente:

Aviso importante


Información de préstamos, aportaciones o aumentos de capital

El artículo 86-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, establece la obligación de presentar la información de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que se reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores de $600,000.00.

En este sentido, se entenderá como efectivo, aquellas operaciones realizadas en moneda nacional o extranjera de curso legal, no quedando comprendidas en éstas las operaciones realizadas, entre otras, mediante cheque, traspasos de cuentas o transferencias electrónicas.

En Enero 30 2009 lo comenté en un tópico cuya liga es:

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&op=latest&id=192949


Y esta es la liga del Comunicado del SAT:

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_13704.html



Saludos










Editado: Marzo 18, 2009 07:37:40
 
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