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11/Mar/09 12:52
Prevision social

Tengo una revision por parte edel seguro social y no me determinaaron nada pero ahora me piden un contrato firmado ante la secretaria del trabajo y prevision social puesto que yo integro el sueldo con premios por asistencia y puntualidad que les doy a mis trabajadores esto es legal que me lo pidan.
 
Es mas Ignorante el que sabe y no lo usa que el que no sabe nada.
 
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ordoezyasos
Sargento Segundo

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11/Mar/09 13:05
Re: Prevision social

Y muy bien, le pueden solicitar las perlas de la virgen... pero ¿le solicitó la fundamentacion de que se este obligado a tener que contar contratos firmado ante esa dependencia?

Esa peticion, forma parte de sus derechos de auditoria, como contribuyente.

Y la otra, ¿esa peticion se presento por escrito?

Se puede atender de manera 'economica', sin tanto formulismo a los auditores. Pero, si se trata de situaciones delicadas, por mi parte, prefereria la mayor formalidad que se pueda.

¿Es legal lo que le solicita? Lea su acta de notificacion de auditoria, se incluye esa situacion, si considera que no es asi, puede solicitarse por escrito y con las fundamentaciones correspondientes.

Tengo entendido que los contratos no se llevarian a la Secretaria de Trabajo,
¿tiene algun contrato colectivo? ¿le explico el servidor publico, la razon de que deba tenerse esas formalidades sus contratos?

La navaja tambien cortaria por el otro lado. Si bien Usted ha sido cuestionado, tambien esta en su derecho de conocer a ciencia cierta, en lo que no aplico y porque razon se debe regularizar o porque razon habria una sancion.

No deben aplicarse sanciones o peticiones de manera arbitrariamente.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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11/Mar/09 21:51
Re: Prevision social

:neutral: Buenas noches. Lo que le determinen en el acta final, será motivo de resolver x parte de ustedes. Verbalmente no están obligados ustedes a acatar nada. Por cierto, sus planes internos de prestaciones, son eso, internos. A menos de que cuenten ustedes con personal sindicalizado, en cuyo caso, esas prestaciones pudieran estar plasmadas en el conmtrato colectivo, el cual, debe depositarse ante la delegacion del trabajo que corresponda.

Saludetes,
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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