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28/Feb/09 02:08
determinacion de las cuotas en estado de huelga

hola u saludo a toda la gente que participa en este foro, y si no es mucha molestia espero que me puedan resolver una duda que tengo ¿ Como se determinaran las cuotas en caso de que una empresa se encuentre en huelga? ¿Existe algun procedimiento especial?
 
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marian_linger
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28/Feb/09 19:23
Re: determinacion de las cuotas en estado de huelga

Debe realizar un escrito al IMSS, de cuándo inició la huelga y otro de cuándo terminó.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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02/Mar/09 14:31
Re: determinacion de las cuotas en estado de huelga

052/2003 LAS CUOTAS AL IMSS Y APORTACIONES AL INFONAVIT EN CASO DE HUELGA.

Conforme al artículo 440 de la Ley Federal del Trabajo, la huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores la cual puede estar constituida por un sindicato.

La huelga, según lo dispone a su vez el artículo 447 de la misma Ley, es causa legal de suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo por todo el tiempo que dure. Esto significa que, mientras dure la huelga, no se generan los derechos y obligaciones estipulados en los contratos, ya sea individuales o colectivo de trabajo, como los de prestar los servicios, pagar salarios y sus accesorios.

La suspensión temporal de las relaciones de trabajo por motivo de una huelga tiene implicaciones ante el Seguro Social, tanto en el otorgamiento de prestaciones como en el de pago de cuotas.

Las primeras obligaciones que tiene el patrón ante el IMSS, es la de comunicar por escrito dentro de los ocho días hábiles siguientes, acompañando las constancias que así lo acrediten, el estallamiento de la huelga. Cuando ésta termine, deberá comunicarlo de igual manera, dentro de un plazo no mayor a cinco días hábiles.

Durante la huelga el IMSS proporcionará a los trabajadores huelguista, exclusivamente prestaciones médicas, como si estuvieran en período de conservación de derechos (hasta 8 semanas si cotizó 8 semanas previas).

Si no se presenta el aviso de estallamiento y el IMSS proporciona prestaciones en dinero, le serán cobradas al patrón.

En cuanto a avisos de baja, éstos no procederán mientras dure el estado de huelga, respecto de sus trabajadores involucrados en la suspensión colectiva de labores. Solamente se aceptará aviso de baja a solicitud directa del propio trabajador cuando éste inicie trámite para la obtención de una pensión.

Luego, en cuanto a las cuotas, se pagarán conforme a lo siguiente:

Las cuotas que se hayan causado hasta antes del inicio de la huelga, deberán pagarse dentro del plazo legal correspondiente.

Por lo que hace a las cuotas generadas durante el período de huelga, se pagarán en proporción a los salarios caídos que hubiere convenido pagar el patrón a los trabajadores huelguistas; o en los términos de la resolución emitida por la Junta de Conciliación y Arbitraje.

En el mismos sentid, Ley del INFONAVIT (artículo 31, fracción IV), establece que el patrón estará obligado al pago de aportaciones y, en su caso, de sus accesorios legales, en la proporción correspondiente, si se determinara el pago de salarios caídos a los trabajadores huelguistas por allanamiento, convenio, resolución arbitral o laudo de la Junta de Conciliación.
 
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bsasc
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03/Mar/09 19:07
Re: determinacion de las cuotas en estado de huelga

Ah... estos poblanitos, de repente sacan preguntas interesantes.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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