20/Feb/09 01:34
Re: TRABAJADORES EVENTUALES EN EL CAMPO
Los trabajadores del campo por lo general les cabe las posibilidades de realizar contrataciones temporales, de manera perfectamente establecidas. Este tipo de trabajos son ejemplos perfectos de que no habria chamba todo el año, solo una temporada.
Mas sin embargo, la LFT, exige que el patron entregue la seguridad social, independientemente del tipo de contratacion. Pero, el Estado es la unica persona que puede ofrecer la seguridad social. Para eso se crearian diversos organismos. Una de las herramientas basicas es el Seguro Social o IMSS.
Entonces el IMSS quedaria obligado a prestar la seguridad social, pues es un organismo creado para coadyuvar al Estado a cumplir su funcion de otorgar seguridad social, que previamente habrian estado los patrones, bajo el yugo de la LFT, debido a que ejercieron contrataciones de servicios subordinados (pagos por salarios)
Pero, esta obligacion solidaria del IMSS, no puede ser ejercida, si el patron no inscribe en el IMSS a sus trabajadores, cubre sus cuotas de seguridad social y cumpliese ciertos requisitos en algunos casos, para que sus trabajadores pudiesen recibir la seguridad social.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?