17/Feb/09 23:41
Re: fundamento para menores de edad en SS
En el correspondiente orden a sus preguntas, expreso lo siguiente:
1.- Si se dá de alta, como trabajador, depende de que tan menor de edad sea esa persona. Lea el Art. 5 LFT y luego complemente la lectura con el 22 LFT.
Si se dá de alta como beneficiario. Únicamente existe la limitación, de que debe ser hijo o dependiente económico del derechohabiente.
2.- El 132 LFT se emana la obligacion del patrón de otorgar seguridad social. Del Art 1 al 5, se le confiere al Seg Social, la labor de aplicar la seguridad social, que solo el Estado estaria en posicion de aplicar la seguridad social.
3.- Regimem??? Solo quedaria como derechohabiente (si es trabajador) o beneficiario (si es familiar y dependiente economico del titular como derechohabiente. Lea el Art 5-A LSS, que define a diversos conceptos de interés
4.- Los rangos únicamente se basan a la cantidad de participaciones en el foro. Y los rangos se emulan a los que prevalencen en el ejercito.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?