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09/Feb/09 12:55
Como se paga la incapacidad por maternidad cuando no alcanzan las 30 semanas cotizadas?

Resulta que por dos semanas no cubro las 30 semanas de cotizacion para que el IMSS pague mi incapacidad entonces por ley le tocaria pagar al patron, he estado leyendo y no encuentro informacion acerca de como debe ser ese pago... si se deducen impuestos de mi sueldo y si es obligatorio hacerlo en un solo pago (como lo haria el IMSS) o se puede hacer en varios, aqui me dicen que me dejaran en nomina normal como si continuara trabajando ... es esto correcto?
Ademas, que pasa si no acudo a mi cita del IMSS donde me daran la incapacidad (aunque ya cubri las 5 obligatorias) y voy hasta dos semanas despues, me podrian negar la incapacidad si ya cubro las 30 semanas.
Gracias por la informacion que pudieran brindarme.
 
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marthalibanez
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09/Feb/09 14:06
Re: Como se paga la incapacidad por maternidad cuando no alcanzan las 30 semanas cotizadas?

Son 30 Semanas cotizadas en un periodo de UN AÑO atras, de cuando proceda aplicarse el subsidio o indemnizacion por la incapacidad. Art 102 LSS

Es decir, si trabajo con otro patron anteriormente a su ultima alta, quizas le ayuden esas cotizaciones, si se encuentran dentro del periodo del ultimo año a que se hace referencia el art 102 LSS

Esta indemnizacion es por los dias en que se suspenderia la relacion laboral, es decir que se este autorizada para ausentarse a laboral, precisamente por que se le extenderia un certificado de incapacidad por el medico, se cubra o no por parte del Seguro Social.

El embarzo por regla general son de 38 a 42 semanas y las ultimas 6 les corresponderian su incapacidad pre-natal, solo que simplemente son estimaciones. No se puede pronosticar a ciencia cierta en realiadad, cuando se incapacitaria de manera real.

Casi casi, si usted ya contaba con trabajo antes de embarzarse o cuando menos tendria 2 semanas de embarzo, a la fecha de la alta en el IMSS, posiblemente le cubrirá el IMSS la indemnizacion. Si el o la baby no se adelanta.

Si no es asi, el patron debe de cubrir la indemnizacion, con el SDI que le tiene cotizando en el Seguro Social. Es decir, no solo la cuota diaria, debe cubrirse con vacaciones, aguinaldo proporcionales y demas prestaciones que le integraron en ese SDI.

Para que no le nieguen (mas bien tenga derecho) la indemnizacion por parte del IMSS, debe cumplirse los 3 requisitos de ese art 102 LSS

Usted ya cumplio 5 visitas, le servirián ademas de saber el bienestar de su nene(a) para la obtencion del certificado medico, uno de los tres requisitos señalados.

Y el ultimo requisito, de que no laboré, se dará de manera automatica. A no ser que sea una Supermamá. Aunque todos sabemos de que si lo son.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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09/Feb/09 14:08
Re: Como se paga la incapacidad por maternidad cuando no alcanzan las 30 semanas cotizadas?

Por último se me pasaba ¡Felicidades!

Que salga todo bien, y que sea medio tranviesuriento el(a) nene(a). ¿Para que los deaseamos, quietecitos?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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09/Feb/09 14:23
Re: Como se paga la incapacidad por maternidad cuando no alcanzan las 30 semanas cotizadas?

Pues desgraciadamente el año pasado no estuve laborando (estuve haciendo servicio social y practicas profesionales, por cierto aqui mismo donde laboro actualmente) asi que de FEBRERO 2008 a FEBRERO 2009 solamente tengo cotizadas las semanas que he estado en mi empleo actual, entonces efectivamente al patron le corresponde pagar....

Y ellos como deducen ese pago? le comento que me dicen que me pagaran mi nomina normal, o sea pago quincenal y deduciendo impuestos, segun en art 103 de la LSS debe ser salario INTEGRO (esto quiere decir que no deben deducirme impuestos no???) y de lo que no he encontrado informacion es acerca de si el pago DEBE ser en una sola exhibicion o queda a consideracion del patron??

Muchas gracias por su informacion! por lo que veo el contador de mi patron no ha sabido orientarlo del todo y en mi opinion le dio la respuesta mas facil .... pagale su nomina normal ... ya que desgraciadamente desconociamos esta situacion y todos esperabamos el pago por parte del IMSSEditado: Febrero 09, 2009 14:29:08
 
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marthalibanez
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09/Feb/09 14:42
Re: Como se paga la incapacidad por maternidad cuando no alcanzan las 30 semanas cotizadas?

Pues desgraciadamente el año pasado no estuve laborando (estuve haciendo servicio social y practicas profesionales, por cierto aqui mismo donde laboro actualmente) asi que de FEBRERO 2008 a FEBRERO 2009 solamente tengo cotizadas las semanas que he estado en mi empleo actual, entonces efectivamente al patron le corresponde pagar....


¿Ya se encuentra incapacitada ahorita? Es a la fecha de que ya no trabaje, por la incapacidad que le otorgarian

Si no esta incapacitada, todavia sigue sumando mas semanas de cotizacion, no comprendio el mensaje completo... Eso me parece.

Esa indemnizacion (no pago por salarios, puesto que ya no laboraria, se suspenderia la relacion laboral), como Usted argumenta le aplica el art 109 LISR, la fraccion se la debo
En ese articulo se indica que las indemnizaciones TODAS, no debe haber retencion o pago por impuesto. Por lo que, no se cubririan como si Usted estuviese laborando. Pues, precisamente no lo estaria haciendo.

Como no estaria laborando, ya contaria con una incapacidad, el patron la incluye en su SUA y no cubre aportaciones, pues no cubre salarios ni servicios subordinados. Cubre una indemnizacion.

Si Usted cuenta con credito, tampoco le retendria la aportacion al credito que le corresponderia. Pero, Usted con el pago de la indemnizacion, debe cubrir la amortizacion correspondiente. El patron ya no se encuentra obligado a retenerle, pues el debe retener por salarios y no por indemnizaciones.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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09/Feb/09 15:06
Re: Como se paga la incapacidad por maternidad cuando no alcanzan las 30 semanas cotizadas?

Muchas gracias.... !!

Mi incapacidad iniciaria el proximo jueves 12 de febrero cuando cumplo las 34 semanas de embarazo y segun el imss me incapacitarian de la semana 34 a la 40 cuando hipoteticamente nacera el bebe .... y mi alta fue del 01 de agosto... a esa fecha son mis calculos de que no alcanzo las 30 semanas...

....a todo esto entiendo que no lo deducirian como salario sino como indemnizacion... lo que le comentaba es que no encuentro nada en la ley acerca de como debe pagar el patron, si se puede dividir en varios pagos (porque le comento que me quieren pagar quincenalmente) o si es obligacion hacerlo en una sola exhibicion como lo haria el IMSS?

y la segunda opcion... habria algun problema en que no acudiera a esta cita del IMSS (ya cumpli con las 5 citas previas) y solicitara una nueva dos semanas despues cuando ya cumpliera con las 30 semanas cotizadas .... segun sé a partir de la fecha en que acuda con mi doctor se expediria la incapacidad (o sea no aplica la retroactividad) pero desconozco si el IMSS puediera imponer alguna penalizacion o no expedir la incapacidad por acudir dos semanas despues....???



Editado: Febrero 09, 2009 15:08:10

Editado: Febrero 09, 2009 15:09:17

Editado: Febrero 09, 2009 15:10:16Editado: Febrero 09, 2009 15:12:15
 
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marthalibanez
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10/Feb/09 00:12
Re: Como se paga la incapacidad por maternidad cuando no alcanzan las 30 semanas cotizadas?

:neutral: Buenas noches. Lo que le recomendaria a su patrón es 'cuadrar' el pago que supuestamente le haría el imss vs. el que le va a pagar x nomina. Lo más práctico es que se haga segun su nomina normal, no hay problema. Si no acude el dia de su cita, va a tener que soportar la molestia de ir otro dia x su incapacidad y en todo caso, cómo va a demostrar usted sus ausencias a su patrón...?? Yo no me arriesgaria. Cuide su trabajo y mejor no falte a su cita.

Suerte,
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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10/Feb/09 10:10
Re: Como se paga la incapacidad por maternidad cuando no alcanzan las 30 semanas cotizadas?

Es correcta la apreciacion de su patron pues no hay nada que lo obligue a pagarselo en una exhibicion y menos a dejar de reternerle impuestos.
Para que quiere postergar la cita si el patron esta dispuesto a cumplir esa obligacion?? mejor lleve las cosas como deben ser y evitese problemas.

Saludos
 
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juancarm
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10/Feb/09 10:32
Re: Como se paga la incapacidad por maternidad cuando no alcanzan las 30 semanas cotizadas?

Buen dia y muchas gracias por la informacion :smile:
 
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marthalibanez
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